Código Penal: se sancionará la usura en créditos extra bancarios
También se penará la extensión de certificados de discapacidad falsos, y la negativa a los controles de alcoholemia y de drogas en el tránsito.
La Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal se reunió nuevamente y decidió avanzar en la penalización de la usura a los créditos “a sola firma”, como el otorgamiento de certificados médicos falsos. El presidente del equipo de especialistas, Mariano Borinsky, resaltó “la importancia de prever sanciones en los casos de usura a las personas que, excluidas del sistema bancario, sin trabajo formal, o en situación de vulnerabilidad, se las obliga a pagar intereses desproporcionadas con la prestación otorgada”.
Los expertos avanzaron también en la redacción de la conducta del médico que extiende un certificado falso sobre la existencia o inexistencia, presente o pasada, de una enfermedad o lesión.
En el caso en el que se busque que una persona sea sometida en contra de su voluntad a un tratamiento médico, o se la internara innecesariamente en un establecimiento, o se busque acreditar una discapacidad inexistente para obtener un beneficio, la pena será de uno a cuatro años de prisión e inhabilitación, por el doble del tiempo, para ejercer la medicina.
Conducción temeraria
La Comisión también trabajó en los siniestros en el tránsito: decidió mantener la tipificación de la conducción temeraria, que ya sancionó el Congreso. Esta categoría se da cuando el resultado lesivo no se produjo todavía, no hay una persona muerta o herida, pero se han dado todas las condiciones para que eso ocurriera.
“La Comisión decidió equiparar la pena de aquel que conduzca bajo el efecto de estupefacientes o de alcohol, como la de aquel que se niegue a ese tipo de controles”, especificó Borinsky.
En el marco de la política criminal referida a los delitos contra seguridad pública se decidió reprimir a quien, en ocasión de una manifestación o concentración de gente, arroje objetos o proyectiles con capacidad para poner en riesgo la integridad física de las personas. La sanción se agravará cuando esa agresión esté dirigida a miembros de las fuerzas de seguridad, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición, o cuando se actúe ocultando el rostro.
Sobre grooming
En relación con el gromming se definieron las conductas adecuadas a los tres niveles etarios tradicionales en la legislación referida a la integridad sexual. La pena prevista es de seis meses a cinco años de prisión.
Estas penas serán para quienes soliciten a un menor de 13 años que realice actividades sexuales explícitas, actos con connotación sexual, se le solicite imágenes o se le proponga un encuentro íntimo; si se realizan estas acciones con una persona mayor de 13 años y menor de 16, aprovechándose de su inmadurez sexual; o cuando la víctima sea una persona mayor de 16 años y menor de 18 años, pero el mayor actúe con engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o cualquier otro medio de intimidación o coerción.