Presidencia de la Nación

Analisis en profundidad de decomiso de bienes y prisión domiciliaria

La Comisión que redacta el anteproyecto revisó su borrador. Analizó la recuperación de activos y la aplicación del arresto domiciliario.

En la recta final de 2017, la comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal se reunió para analizar los temas a reformular o incluir en un renovado texto normativo que podría ser tratado este año. Se abordaron dos temas: el decomiso de bienes que provienen del delito y las penas alternativas a prisión.

En el primero de los casos, la iniciativa no busca otra cosa que la posibilidad de enmarcar la forma en que la Justicia pueda darle un fin beneficioso para la sociedad a aquellas posesiones que se comprueben que fueron resultado de actos ilícitos. Un bien decomisado es aquel que un juez dispuso por sentencia que sea desapoderado de la persona que los tenía y pase a ser patrimonio estatal.

comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal

Actualmente, el artículo 23 del Código Penal establece que en los casos en los que exista una condena se pueden llevar a cabo los decomisos de “las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios”. La ganancia proveniente de esa operación deberá tener como destino un programa de asistencia a la víctima.

El sentido de la pena condicional

Reunidos en la sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como es costumbre, los miembros de la comisión avanzaron en una segunda revisión del borrador de la Parte General del anteproyecto, a los efectos de garantizar una aplicación efectiva de la ley penal.

Otro de los temas que se trataron, y que ya han sido debatidos y votados durante el año, fue el uso de las penas alternativas al encierro en penales federales, como la prisión domiciliaria y ejecución condicional para condenas menores a tres años.

Con la presencia del presidente del cuerpo, Mariano Borinsky, se dispuso que la prisión domiciliaria pueda aplicarse en los casos en que actualmente se prevé la ejecución condicional en libertad. Según el propio Borinsky, “hay que darle un sentido a la pena condicional y eso no se resuelve mandando más gente a las cárceles”.

También se analizó el seguimiento socio-judicial con posterioridad al cumplimiento de la pena, la imputabilidad y la reparación de perjuicios, como complementos de la acción procesal.

La comisión tiene un canal de diálogo con la sociedad a través de la plataforma www.justicia2020.gob.ar para que la comunidad realice aportes en el Eje Penal y, a su vez, recibe aportes de instituciones y organismos de gobierno.

Está integrada por el director nacional de Política Criminal en Materia de Justicia y Legislación Penal, Carlos Mauricio González Guerra, el fiscal Pablo Nicolás Turano, el camarista Carlos Alberto Mahiques, la jueza Patricia Marcela Llerena, el titular de la Federación Argentina de la Magistratura (FAM), Víctor María Vélez, el procurador general de Salta, Pablo López Viñals, el juez de tribunal oral Guillermo Jorge Yacobucci, el abogado Fernando Jorge Córdoba y la jueza Patricia Susana Ziffer. También participan los representantes de los ministerios de Desarrollo Social, Yael Bendel, y Seguridad, Guillermo Soares Gache.

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