De aplicación para el sistema de medición autoadministrada
El Reglamento de Aplicación para el Sistema de Medición Autoadministrada rige para los medidores prepagos instalados en el área de concesión de EDENOR, y concebidos para los siguientes usuarios residenciales:
- Aquéllos cuya situación socioeconómica les impide afrontar sus consumos de energía y los pone al borde de la baja del servicio por incumplimiento de pago o por morosidad reiterada.
- Aquéllos que, aún sin experimentar situaciones de morosidad o incumplimiento, desean adherir a este sistema.
- Aquéllos provenientes de planes de vivienda o de asentamientos a regularizar.
Importante
1.- La distribuidora puede instalar medidores prepagos únicamente a pedido de los usuarios que presentaron una nota de adhesión, tal como indica el reglamento. El mismo documento excluye de manera categórica a los domicilios habitados por usuarios electrodependientes por cuestiones de salud.
2.- La adhesión al sistema de medición autoadministrada no implica el acceso automático al Sistema de Tarifa Social. Sólo al usuario beneficiario se le acredita mensualmente los kWh bonificados que corresponden a esa categoría.