Destino Exclusivo Exportación
La producción de semilla sometida a fiscalización con destino a la exportación, que no se adecúe a determinadas exigencias o tolerancias establecidas para la especie, a solicitud del interesado podrá otorgársele la condición de fiscalizada, de acuerdo a las exigencias o tolerancias fijadas por el país de destino.
Esta flexibilización del sistema pone al alcance de las empresas exportadoras una certificación oficial sobre lotes que sólo requieren una inspección oficial, o bien sobre aquellos que no cumplen algún requisito de los sistemas antes descriptos (OCDE u AOSCA), en especial con respecto al estado de registro de las variedades u otros de carácter documental.
Los rótulos de la semilla fiscalizada bajo estas condiciones deberán llevar la leyenda “Destino Exclusivo Exportación y el país de destino de esa exportación”.