Bandas de Frecuencia de Uso Compartido
Identificamos y pusimos a disposición los recursos del espectro radioeléctrico bajo la modalidad de uso compartido, para fomentar la inversión e innovación en nuevas tecnologías y servicios.
Mediante la Resolución 581/2018 MM, se identificaron y pusieron a disposición los recursos del espectro radioeléctrico bajo la modalidad de uso compartido, para fomentar la inversión e innovación en nuevas tecnologías y servicios.
Facilitamos el acceso al espectro y el despliegue de redes de acceso a Internet, aplicaciones de Internet de las Cosas (IoT) y nuevas tecnologías.
Resolución basada en:
- Recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
- Experiencias regulatorias internacionales.
- Principales tendencias tecnológicas observadas en la industria.
Principales disposiciones de la Resolución 581/2018 MM:
- Atribución de bandas para Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Para uso Prestador: Se requiere Licencia TIC y registrar el servicio.
- Alcance: Territorio Nacional.
- No se requiere autorización para su uso.
- Condiciones y parámetros técnicos definidos por la Autoridad de Control.
- Total atribuido: Más de 14.62 GHz (Bandas de 900Mhz, 2.4GHz, 5.8GHz y 60 GHz).
Accede a la Resolución: Resolución 581/2018 MM