¿Qué productos deben tramitar la Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI)?
Los productos que presentan riesgo fitosanitario, es decir los que pueden vehiculizar plagas, como las plantas o sus partes, en estado natural o con cierto grado de procesamiento (secado, limpieza, separación, descascaramiento, triturado, etcétera), maderas aserradas, perfiladas o machimbradas, y otros artículos reglamentados como turba, maquinaria agrícola usada, entre otros.
Si usted importa plantas, esquejes, yemas, bulbos, etcétera, que son los productos de mayor riesgo fitosanitario, también debe cumplir con los procedimientos de Cuarentena Post Entrada (CPE).Puede acceder a mayor información sobre CPE, desde
¿Qué productos NO deben tramitar AFIDI?
Los productos de origen vegetal, que debido a su procesamiento industrial o tecnológico, ya no son capaces de ser afectados directamente por plagas de cultivos, pero pueden vehiculizar plagas de almacenamiento o en el material de embalaje y medios de transporte,. Ejemplo: molidos a polvo, harinas, almidones, féculas, sémolas, etcétera. Estos productos requieren una inspección del Senasa al ingreso al país.
¿A quién está dirigido?
Importadores comerciales inscriptos en el Registro de operadores comerciales de la Dirección General de Aduana.
Si usted representa un organismo público o es un particular, no registrado en la Aduana,y tiene que importar material de investigación o muestras sin valor comercial, puede ingresar a la plataforma de Trámites a Distancia TAD y completar la Solicitud de Afidi para Envíos No Comerciales. Una vez analizada su solicitud le enviaremos su AFIDI mediante dicha plataforma.
¿Qué necesito?
Si usted es un operador comercial de comercio exterior debe:
estar inscripto en el Registro de Exportadores y/o Importadores en la Dirección General de Aduanas.
Adherir en la página de la AFIP mediante clave fiscal, a los siguientes sistemas del Senasa:
- SIGPV-IMPO para obtener las AFIDIs.
- SIGAD
Para organismos públicos y particulares no comerciales no son necesarios estos requerimientos.
Puede conocer los requisitos fitosanitarios por productos y origen
¿Cómo hago?
Si sos importador inscripto:
Adherir en la página de la AFIP mediante clave fiscal, a SIGPV-IMPO para obtener las AFIDIs.
SIGAD para efectuar el pago de los aranceles por uso de AFIDI que también pueden pagarse mediante Interbanking.
Debe abonar el arancel que corresponda: ver Medios de pago habilitados - Senasa
Consultá la Resolución MAGyP Nº 847/2020. Anexo II.
Dirección de Comercio Exterior Vegetal
Coordinación General de Regulaciones Fitosanitarias
Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6° contrafrente, C1063ACD, CABA.
Teléfono: (+ 54 - 11) 4121-5000 interno 5168
Correo electrónico: [email protected]
Referente: Juan Bozzo.
Correo electrónico: [email protected]
Recibirá respuesta dentro las 72 hs hábiles.
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa
Normativa
Resolución Senasa N° 816/2002
Resolución Senasa N° 569/2010
Resolución Senasa N° 175/2003
Resolución SAGPyA N° 292/1998
Disposición DNPV N° 5/2011
Resolución Senasa N° 727/2024
¿Cuál es el costo del trámite?
Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados - Senasa
Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.
Vigencia
La vigencia del AFIDI es distinta de acuerdo al destino de uso y al tipo de producto:
Para destino de uso propagación (semillas, plantas, bulbos, etcétera.): 270 días.
Para destino de uso propagación para eventos transgénicos regulados al comercio: 120 días.
Para destino de uso consumo (frutos, flores, granos, etcétera): 60 días.
Información complementaria
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
Estado de tu Expediente
Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta.
Encuesta de Satisfacción Senasa.