Mapa de acceso al tratamiento oncológico
Circuito de solicitud y gestión de medicamentos oncológicos
Banco de drogas especiales
Si sos paciente con diagnóstico oncológico o cuidador/a, y tenés cobertura pública exclusiva, en esta página podrás encontrar la información necesaria para poder solicitar y obtener los medicamentos oncológicos indicados por el médico o la médica tratante de acuerdo a la provincia donde vivas según tu DNI.
Requisitos:
- Contar con cobertura pública exclusiva.
- Ser asistido en hospital público.
- Presentar documentación requerida.
- Prescripción de las drogas del listado complementario de medicamentos establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación que está vigente. Ver
- Si no está en este listado debe realizar el pedido en DADSE (Ministerio de Salud de la Nación).
- Domicilio en la jurisdicción avalada en el DNI.
¿Quién inicia, cómo y dónde el trámite?
En el caso de que la persona se atienda en cualquier jurisdicción/provincia que no pueda generar el acceso a la medicación requerida, dicha jurisdicción será la encargada de solicitarle a cada paciente la documentación correspondiente para iniciar el trámite ante el
Banco de Drogas Especiales del Ministerio de Salud de la Nación.
Documentación requerida:
- Fotocopia del DNI del paciente y de quien retira el medicamento en su nombre si fuere necesario (1).
- Formulario de solicitud de medicamentos ficha de admisión que completará el médico tratante (formulario aprobado por Resolución 2185/2011).
- Receta original firmado por médico/a especialista y director/a del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Fotocopia de informe anatomopatológico o el que corresponda (medulograma, inmunohistoquímica, inmunofenotipo, etc.).
- Fotocopia de estudios de valoración para enfermedad avanzada.
- Resumen de historia clínica.
- Acreditar mediante la Certificación negativa de cobertura médica en ANSES la no cobertura mediante el sistema de salud de obras sociales o prepagas. La certificación negativa de ANSES deberá ser renovada trimestralmente.
- Encuesta socio-económica. La misma se genera en forma diferente en cada jurisdicción.
- Certificación negativa de la jurisdicción si corresponde.
(1) Si el paciente se encuentra tramitando su DNI, podrá presentar constancia de DNI en trámite. En el caso de personas residentes en Argentina que no han tramitado su DNI, podrán presentar constancia de su residencia precaria y de no contar con la misma, podrán acompañar nota del consulado de su país de residencia solicitando la entrega de la medicación al Banco de Drogas Especiales.
¿Quién es el responsable de retirar el medicamento del BDE cuando está disponible?
Banco de Drogas jurisdiccional.
¿De qué manera se retira el medicamento del BDE?
El Banco de Drogas Especiales envía directamente a la institución/jurisdicción.
¿En qué lugar se retira finalmente el medicamento?
Hospital o Banco de Drogas jurisdiccional.
¿Cuáles son los requisitos para continuar con el tratamiento?
- Receta original firmada por el médico especialista y el director del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Formulario de solicitud de medicamentos (ficha de renovación) que completará el médico o la médica tratante cada tres (3) ciclos de tratamiento (formulario aprobado por Resolución 2185/2011).
- Si se tratara de enfermedad avanzada, se deberá adjuntar fotocopia de informes de estudios de valoración de la enfermedad al inicio del tratamiento solicitado y fotocopia de estudios con los que se valora la respuesta cada tres (3) ciclos de tratamiento.
¿Cuáles son los requisitos para el cambio de medicación?
- Receta original firmada por el médico especialista y el director del hospital, con caducidad a los 30 días.
- Negativa de la jurisdicción de residencia del paciente en la que indique cuál es el motivo de la imposibilidad de entregar la medicación requerida por éste.
- Formulario de solicitud de medicamentos (ficha de renovación) que completará el médico o la médica tratante justificando el cambio de tratamiento por:
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- Progresión de enfermedad: se debe adjuntar fotocopia de los informes de estudios con los que se valorará la enfermedad.
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- Toxicidad (intolerancia al tratamiento): adjuntar el formulario de reporte de farmacovigilancia, disponible en la página de ANMAT (Sistema Nacional de Farmacovigilancia - Comunicación de Eventos Adversos). Ficha para profesionales - Ficha para pacientes.
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- Segunda fase del tratamiento: se deberá aclarar que el mismo es parte del primer esquema indicado.
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Contacto
Correo electrónico: [email protected]
Más información: https://www.argentina.gob.ar/servicio/banco-de-drogas