Presidencia de la Nación

Maltrato a animales

La ley protege a los animales del maltrato y la crueldad de las personas. Estos actos son delitos y podés denunciarlos.

Ley 14.346

Medio ambiente


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Malos tratos y actos de crueldad

¿Qué se entiende por maltrato a animales?
  • No alimentarlos bien.

  • Estimularlos con instrumentos que les causan dolor, como el látigo.

  • Hacerlos trabajar muchas horas sin descanso.

  • Hacerlos trabajar cuando no están en buen estado físico.

  • Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.

  • Usarlos para llevar vehículos muy pesados.

¿Qué se entiende por actos de crueldad con los animales?
  • Hacer cortes sobre el animal vivo para abrirlo y examinar su contenido (disección).

  • Cortar cualquier parte del cuerpo del animal, salvo para marcación o higiene.

  • Operar a animales sin anestesia y sin tener título de médico o veterinario, salvo caso de urgencia.

  • Hacer experimentos con animales.

  • Abandonar a los animales utilizados en experimentos.

  • Matar a animales en estado de embarazo.

  • Lastimar y atropellar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por perversidad.

  • Hacer actos públicos o privados de peleas de animales.

  • Hacer corridas de toros en que se mata, lastima o agrede a los animales.

¿Qué pasa si alguien realiza cualquiera de estos actos?

Comete un delito penado con prisión de 15 días a 1 año.

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Denuncia

¿Qué puedo hacer en caso de maltrato o crueldad con animales?

Tenés que hacer la denuncia penal. El trámite es gratuito y los funcionarios están obligados a tomarla. Según donde vivas, podés hacerla:

  • En la comisaría más cercana al lugar donde ocurrió el hecho.

  • En la fiscalía o UFI (Unidad Funcional de Instrucción).

  • En el Juzgado de instrucción.

¿Puedo hacer la denuncia ante organizaciones protectoras de animales?

No, solo ante la autoridades que correspondan.

¿Qué puedo hacer si el hecho ocurre en la vía pública?

Llamá al 911. En Ciudad de Buenos Aires también podés llamar al 0800-333-47225 que es el teléfono del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad que funciona las 24 horas.

¿Qué puedo hacer si el hecho ocurre en un lugar privado?

Si el hecho sucede en una casa, galpón, quinta, etc. no ingreses. Identificá el lugar (calle, número, etc.) y a las personas y llamá al 911.

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Tracción a sangre

¿Está permitido circular con carros o sulquis tirados por caballos?

Depende de cada lugar. En general, la tracción a sangre animal está permitida en zonas rurales pero no en zonas urbanas. En la Ciudad de Buenos Aires está prohibida la tracción a sangre. Denunciala llamando al 0800-333-47225

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Texto completo de la norma

Ley 14.346

Más información

Protenencia


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El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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