Presidencia de la Nación

Enfermedad de Chagas

Las personas embarazadas, quienes tengan un familiar con Chagas o vivan en zona de vinchucas deben hacerse el análisis de Chagas.

Ley 26.281

Salud


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Enfermedad

El Chagas es una enfermedad causada por un parásito que puede vivir en la sangre de personas y animales y en insectos como la vinchuca o chinche.

Esta enfermedad se detecta con un análisis de sangre. Se transmite cuando el insecto infectado pica a una persona, el parásito pasa a la sangre cuando la persona se rasca. También se contagia de la madre al hijo durante el embarazo o por la transfusión de sangre donada por una persona con Chagas.

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Controles obligatorios

Se deben realizar controles para detectar la enfermedad a:

  • la persona gestante;

  • las y los recién nacidos gestados por personas con diagnóstico Chagas;

  • los hijos e hijas de personas gestantes con diagnóstico de Chagas;

  • los niños y niñas al cumplir los 6 y 12 años de edad.

Los establecimientos públicos o privados que tengan servicio de atención de personas gestantes y puedan realizar las pruebas diagnósticas recomendadas en la guía para la atención de paciente con Chagas deben hacer los controles.

También se debe realizar controles para detectar la enfermedad a las personas donantes y receptoras de órganos, tejidos y sangre.

Los establecimientos de salud público deben hacer sin cargo el examen para detectar la enfermedad y deben cubrir su tratamiento.

Los resultados de los exámenes se entregan en un certificado -sin cargo- a la persona que se hace el control. En los casos considerados como enfermedad profesional será entregado por la aseguradora de riesgo de trabajo.

Estos controles sólo se tienen en cuenta para fines preventivos y de tratamiento y se debe dar cumplimiento a la ley de protección de los datos personales.

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Trabajo y educación

Se prohíbe realizar controles para determinar la infección del Chagas a los aspirantes a cualquier tipo de empleo o actividad.

El diagnóstico positivo de la enfermedad de Chagas durante el vínculo laboral no puede afectar la continuidad del trabajo ni hacer que se modifiquen las condiciones de trabajo.

En ningún caso los resultados de los exámenes pueden impedir el ingreso de las personas a los establecimientos educativos o a cursos de estudios.

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Actos discriminatorios

Los actos que usen información obtenida por aplicación de esta ley y que impliquen una lesión o menoscabo de los derechos de las personas afectadas por el Chagas son considerados actos discriminatorios.

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Transfusión de sangre

Los bancos de sangre, servicios de hemoterapia y los establecimientos autorizados a extraer o transfundir sangre humana y a realizar trasplantes de órganos deben cumplir los recaudos indispensables para evitar toda posibilidad de transmisión de la enfermedad de Chagas.

En caso de detectarse la enfermedad en un dador:
- se debe comunicar a la autoridad sanitaria;
- informar de ello a la persona afectada en forma clara y comprensible; y
- se le debe dar orientación para su tratamiento.

Toda persona que sea posible dadora de sangre o de tejido u órgano que tenga conocimiento o sospecha de tener o haber tenido la infección de Chagas debe comunicarlo.

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Obras sociales

Las obras sociales y las entidades de medicina prepaga deben reconocer en su cobertura los tests diagnósticos y el tratamiento de la enfermedad de Chagas.

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Certificado oficial

El certificado oficial del resultado debe tener, como mínimo, los siguientes datos:

  • nombre, apellido, documento nacional de identidad y domicilio;
  • técnicas de diagnóstico usadas;
  • resultado obtenido (positivo o negativo);
  • interpretación de los resultados (reactivo si supera el valor de corte o no reactivo si no lo supera).

El certificado oficial debe ser digital o informatizado.

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Infracciones a la ley

Las sanciones por incumplir esta ley pueden ser: apercibimiento, suspensión, clausura o multar.

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Programa Nacional de Chagas

El objetivo general del programa es liderar las acciones necesarias para reducir la enfermedad y las muertes por Chagas en la República Argentina desde la perspectiva de salud integral.

Algunos de sus objetivos específicos son:

  • Promover el control de la transmisión vertical de Chagas.

  • Alcanzar y sostener la interrupción de la transmisión vectorial del Chagas en áreas que tienen el vector.

  • Garantizar el acceso a los insumos de diagnóstico, tratamiento y control en todo el país y actualizar e implementar las guías de diagnóstico y tratamiento y las normas de vigilancia y control vectorial.

  • Fortalecer el acceso al diagnóstico y tratamiento de personas con Chagas congénito, agudo y crónico.

  • Contribuir a la prevención del Chagas mediante el acceso de las personas a información clara, de calidad y oportuna.

  • Fortalecer espacios de trabajo con personas que viven con Chagas, organizaciones de la sociedad civil e instituciones especializadas para diseñar iniciativas de comunicación, promoción, investigación, desarrollo y educación.

  • Sostener la interrupción de la transmisión por transfusión y trasplantes.

  • Elaborar estrategias de sensibilización para vigilar y notificar casos de Chagas al Sistema Nacional de Vigilancia (SNVS 2.0) para obtener información que permitan tomar decisiones y evaluar el avance e impacto del programa.

Para alcanzar esos objetivos se definieron metas, líneas de acción e indicadores.

El Programa está a cargo de la Dirección de Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores.
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Texto completo de la norma

Ley 26.281

Normas complementarias

Decreto 202/2022

Resolución 1691/2022 del Ministerio de Salud

Más información

Ministerio de Salud


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El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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