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Cruz Roja

La ley regula el vínculo jurídico de Cruz Roja Argentina con el Estado y establece las condiciones para que desarrolle sus actividades.

Ley 27.547

Salud


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Cruz Roja

La Cruz Roja Argentina es una sociedad de socorro voluntaria. Es una asociación civil de bien común, sin fines de lucro. Usa como emblema una cruz roja sobre fondo blanco.

La ley regula el vínculo jurídico de Cruz Roja Argentina con el Estado y establece las condiciones para que desarrolle sus actividades en épocas de paz como en épocas de conflictos armados o disturbios internos.

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Actividades

La Cruz Roja Argentina puede desarrollar actividades de carácter humanitario en todo el país respetando el principio de no discriminación por género, etnia, creencias religiosas o políticas, nacionalidad, situación social o económica, edad, capacidades o caracteres físicos.

Las actividades que puede desarrollar, entre otras, son las relacionadas con:

  • La reducción del riesgo y la preparación comunitaria e institucional para emergencias y desastres.

  • La organización del socorro de víctimas de situaciones de emergencia y desastres.

  • La protección de la vida, la prevención de las enfermedades y la promoción de la salud.

  • Capacitación en salvamento, socorrismo y asistencia en aguas.

  • Desarrollo de actividades relacionadas con la prevención y atención sanitaria (socorrismo) en eventos masivos, públicos o privados.

  • Transporte sanitario y transporte adaptado de personas con movilidad reducida.

  • Planificación de programas y políticas públicas y privadas de intervención y responsabilidad social.

  • Asesoramiento y consultorías en salud, educación, desarrollo social, prevención de riesgos, emergencias y desastres.

  • Servicio de tele asistencia domiciliaria o similar.

  • Contención socio-afectiva de niñas y niños, personas adultas mayores, personas con discapacidad.

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Personas voluntarias

La persona que trabaja como voluntaria de Cruz Roja Argentina se rige por la ley de voluntariado social.

La persona voluntaria trabaja de modo gratuito sin recibir remuneración o salario y la relación que mantienen con Cruz Roja Argentina es ajena al ámbito laboral y de la previsión social.

Las actividades de las personas voluntarias de Cruz Roja Argentina tienen las siguientes características:

  • La condición de voluntario de Cruz Roja Argentina no es incompatible con ninguna actividad, ni perjudicial para quien la ejerce.

  • La actividad del voluntario de Cruz Roja Argentina está exenta de todo perjuicio económico o laboral. El empleador debe conservar el empleo al trabajador desde la fecha de su convocatoria como voluntario y hasta su reintegro. El tiempo de permanencia como voluntario será considerado como período de trabajo.

  • Las inasistencias por función pedagógica deberán ser justificadas formalmente y no podrán exceder los 5 días por año calendario.

  • En caso de emergencias si se convocan personas voluntarias de la Cruz Roja, las personas voluntarias serán considerados como movilizados y su situación laboral, como carga pública para sus empleadores. El lapso en que son convocadas no podrá ser mayor a 10 días por año calendario y deberán ser justificadas formalmente.

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Bienes de Cruz Roja

El patrimonio de la Cruz Roja Argentina es inembargable e inejecutable.

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Texto completo de la norma

Ley 27547

Más información

Cruz Roja Argentina


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El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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