Asociaciones de la economía popular
Los trabajadores de la economía popular pueden formar asociaciones, inscribirlas y lograr la personería social.
Trabajo
En esta página
- Asociaciones de la economía popular
- Trabajadores de la economía popular
- Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica
- Estatuto de las asociaciones de la economía popular
- Órganos de las asociaciones de la economía popular
- Patrimonio de las asociaciones de la economía popular
- Derechos de las asociaciones de la economía popular
- Texto completo de la norma
Asociaciones de la economía popular
Las personas que trabajan en la economía popular y de subsistencia básica pueden formar asociaciones.
Luego de inscribir esas asociaciones podrán ejercer los derechos que les reconoce esta resolución.
Trabajadores de la economía popular
Los trabajadores de la economía popular pueden ser, entre otros:
- prestadores de tareas eventuales, ocasionales o changas;
- vendedores ambulantes;
- ocupantes de puestos callejeros;
- personas dedicadas a la recuperación de residuos;
- vendedores en pequeñas ferias;
- agricultura familiar
- venta de artesanías
- cuidado de automóviles
- lustrado de zapatos
Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica
Para inscribirse en el registro las asociaciones deben cumplir estos requisitos:
-
Presentar las actas de las asambleas de constitución.
-
Presentar un proyecto de estatuto
-
Adjuntar una lista de afiliados (indicar documento de identidad y describir su actividad).
-
Fijar un domicilio y zona de actuación.
-
Indicar el patrimonio básico de afectación.
El Registro puede hacer observaciones, correcciones e intimar a que se presenten los elementos necesarios para evaluar la solicitud de inscripción.
Luego de analizar el cumplimiento de esos requisitos, el Registro inscribe a la asociación en un plazo de 60 días. La resolución que admita la inscripción otorga la personería social.
Estatuto de la asociación
Los estatutos de la asociación deben incluir:
-
La denominación, domicilio, objeto y zona de actuación;
-
Una descripción de la actividad de los trabajadores de la economía popular a los que quiere representar;
-
Los derechos y obligaciones de los afiliados, requisitos para su admisión y procedimiento para su separación que garantice el derecho de defensa;
-
Las autoridades de la asociación. Deben estar separados los órganos ejecutivos y deliberativos y detalladas sus funciones y duración de mandatos;
-
Modo de constitución del patrimonio como fondo para el desenvolvimiento esencial.
-
Sistema de administración y control y régimen de cotización de los afiliados.
-
Época y forma de presentación de balances.
-
Régimen electoral que asegure la democracia interna y la periodicidad de los mandatos.
-
Régimen de convocatoria y funcionamiento de asambleas y congresos.
Encontrá un modelo de estatuto para asociaciones y otros formularios útiles entrando aquí.
Órganos de las asociaciones de la economía popular
Órganos directivos
Los requisitos para integrar los órganos directivos de las asociaciones de la economía popular son:
-
ser mayor de edad;
-
no tener inhibiciones civiles o penales;
-
tener por lo menos 1 año de antigüedad en la afiliación;
Dentro de lo posible, en todos los cargos debe respetarse una participación femenina del 30% o más.
El mandato de los órganos directivos debe durar 5 años como máximo.
Asambleas
Las asambleas y congresos puede reunirse en sesión ordinaria o extraordinaria.
La celebración de la asamblea debe publicarse con 10 o más días de anticipación.
Las asambleas y congresos son los órganos que deben:
-
Establecer los criterios generales de actuación.
-
Aprobar y modificar los estatutos.
-
Aprobar los balances y la fusión con otras sociedades.
-
Aprobar la afiliación o desafiliación de asociaciones de grado superior.
Patrimonio de las asociaciones de la economía popular
El patrimonio para llevar a cabo las actividades esenciales puede constituirse con:
-
las cotizaciones ordinarias o extraordinarias de los afiliados;
-
los bienes adquiridos y sus frutos;
-
las donaciones, legados, aportes y recursos no prohibidos por las leyes.
Derechos de las asociaciones de la economía popular
Cuando la asociación de la economía popular está inscripta en el Registro puede ejercer los siguientes derechos, entre otros:
-
representar a sus afiliados cuando se necesite;
-
peticionar a las autoridades en defensa de los intereses y derechos de sus afiliados;
-
actuar ante organismos vinculados a programas, planes y proyectos que influyan en la vida de los trabajadores de la economía de subsistencia básica;
-
promover la participación de sus afiliados en todas las actividades que ayuden al tránsito de la informalidad a la formalidad;
-
promover la participación de sus afiliados en todos los planes o programas de inclusión;
-
hacer reclamos individuales o colectivos en la Comisión de Controversias, Mediación y Planteos de la Economía de Subsistencia Básica.
Texto completo de la norma
Resolución 118/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Normas complementarias
Resolución 392/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Resolución 816/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social