Pensión por invalidez
La pensión por invalidez es para las personas que tienen problemas de salud o se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Discapacidad
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Pensión por invalidez
La pensión no contributiva por invalidez es una suma de dinero que pueden cobrar mensualmente las personas que tienen problemas de salud o se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Se llama no contributiva porque la podés cobrar aunque no hayas hecho aportes.
Requisitos
Para acceder a la pensión no contributiva por invalidez tenés que cumplir los siguientes requisitos:
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Tener problemas de salud o vulnerabilidad social. Para probar esto tenés que presentar el Certificado Médico Oficial (CMO) y la evaluación socioeconómica realizada por la Agencia Nacional de Discapacidad.
Podes consultar el formulario de Certificado Médico Oficial y los criterios de determinación del estado socio-económico y de vulnerabilidad acá. -
No tener trabajo formal y tampoco estas inscripto en el Régimen General o Simplificado vigente.
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Ser una persona argentina nativa, naturalizada o residente en el país. Tenés que presentar el DNI para demostrar la identidad, edad y nacionalidad. Si sos extranjero o extranjera tenés que demostrar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.
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No ser beneficiario o beneficiara de un régimen de previsión, retiro o pensión de carácter contributivo o no contributivo.
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Si sos una persona menor de edad: no tenés que tener parientes que estén obligados u obligadas legalmente a darte alimentos. En este caso, se tendrá en cuenta la actividad e ingresos de los o las parientes y su grupo familiar.
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No tener bienes, ingresos ni recursos suficientes. La Agencia Nacional de Discapacidad establece los criterios socioeconómicos para demostrar este requisito.
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No estar detenida o detenido en establecimientos penitenciarios.
Suspensión
La pensión se suspende en los siguientes casos:
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Si no cumplís con tus obligaciones.
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Si te citan varias veces por algún trámite relacionado con tu pensión y no vas.
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Si ocurre alguna circunstancia que da lugar a la caducidad de la prestación.
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Si cobras la pensión a pesar de saber que no te corresponde.
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Si el beneficiario o beneficiaria está detenido o detenida por la justicia.
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Caducidad
La pensión finaliza:
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Por muerte del beneficiario, o su fallecimiento presunto judicialmente declarado.
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Por renuncia.
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Por abandono del país.
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Por falta de cobro por 3 meses consecutivos sin causa justificada.
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Por incompatibilidad con otras prestaciones.
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Porque finalizó la situación por la que te dieron la pensión.
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Por condena a prisión o reclusión por más de 3 años a partir de la fecha de la sentencia.
El solicitante de la pensión puede pedir la rehabilitación de la pensión suspendida, si prueba que tiene derecho a ella. Si la pensión es denegada, se puede apelar en el plazo de 60 días de notificada la resolución.
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Datos de interés
La pensión:
- Es inembargable.
- Es personal, no se la podés dar a otra persona.
- No se pueden vender
Todos los trámites para solicitar la pensión son gratuitos.