Cambios en el Registro
De acuerdo a la RESOL-2020-272-APN-SMYCP#JGM conocé los requisitos que deben cumplir quienes quieran aspirar a ser receptores de publicidad oficial, enviando la documentación solicitada a [email protected].
- Ante consultas allegadas a este Registro Nacional de Proveedores de Publicidad Oficial, dependiente de la Secretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el sentido de que para la inscripción en el mentado registro se estarían cobrando sumas dinerarias, esta dependencia informa:
- "Que el trámite de inscripción ante el RENAPPO es totalmente gratuito, sin perjuicio de los gastos que deban efectuarse para la certificación de la documentación conforme lo determina el art 6, tercer párrafo de la Resolución N° 446-E/2016".
- En consideración a lo establecido en el tercer párrafo del art. 6 de la Resolución 446/E de la Secretaría de Comunicación Pública, no se recibirán los formularios cuya documentación no esté debidamente certificada por Escribano Público.
- Se sugiere a los señores proveedores cuando soliciten habilitación o renovación de la misma, tengan a bien ingresar a la página de AFIP a través de su respectiva clave fiscal, y dirijirse a sistemas de cuentas tributarias. Allí realizar una captura de pantalla, imprimirla y remitirla a RENAPPO.