Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes


En líneas generales, el IVIFA tuvo dos periodos de intensa actividad:

  • Operatorias 1981 – 2012: entrega de viviendas y préstamos hipotecarios. El prestador fue el IVIFA aunque parte de la Cartera fue cedida al Banco Hipotecario a partir del año 1996.
  • Operatoria 2016 – 2021: entrega de préstamos hipotecarios. El prestador fue solo el IVIFA.

Las siguientes “preguntas frecuentes” representan en general los interrogantes relacionados con la operatoria 2016-2021. Las respuestas para los casos aún pendientes de las operatorias 1981-2012 se aclaran en cada pregunta o respuesta.

Una vez que se concrete la Operatoria de los actuales proyectos se agregarán a continuación las probables dudas y preguntas que vayan surgiendo.

  • ¿Cuál es el primer paso que debo realizar si deseo cancelar mi crédito hipotecario?

El beneficiario interesado en cancelar el crédito hipotecario deberá consultar vía mail al sector Carteras Hipotecarias [email protected] por su saldo al día de la fecha.

  • ¿Cómo efectúo el pago para la cancelación?

Podrá realizar el pago, a través de un depósito o transferencia a nombre del Instituto de Vivienda de la Fuerza Aérea (IVIFA) según el siguiente detalle:
SMSV (Sociedad Militar Seguro de Vida)
Caja de Ahorro en $ Nro. 395052/4120
BANCO GALICIA
Cuenta Corriente en $ Nro. 4333-1 236-5
CBU: 00702364-20000004333157 - ALIAS: IVIFA.PAGOS
Es muy importante que una vez que haya realizado el pago correspondiente, envíe comprobante al IVIFA [email protected], a los efectos de identificar el mismo.

  • ¿Cuáles son los pasos a seguir una vez cancelado mi crédito hipotecario?

Una vez cancelado el crédito e informado el pago, deberá comunicarse con la División Cancelaciones IVIFA [email protected] donde le informarán los pasos a seguir respecto del proceso de levantamiento de la hipoteca.

  • Terminé de pagar las cuotas de mi crédito ¿tengo que hacer algún trámite más?

Si, debe hacer la escritura de cancelación de hipoteca.

Si su crédito fue cedido al Banco Hipotecario S.A., éste le designará un escribano que se comunicará con usted (Operatoria 1981 – 2012).

En el resto de los casos, (también en la situación de que su crédito no haya sido cedido o exista una hipoteca en segundo grado a favor de IVIFA), se le designará un escribano que se pondrá en contacto con usted.

  • Pagué la escritura cuando adquirí el bien ¿Por qué tengo que hacer y pagar otra escritura?

Cuando adquirió el préstamo, usted pagó la escritura de compra - venta e hipoteca. Cuando se termina de pagar el crédito, se debe hacer la escritura de cancelación de hipoteca y es a cargo del adjudicatario. De esta manera queda asentado a su nombre en el Registro de la Propiedad del Inmueble que el bien ya no tiene hipotecas vigentes.

  • Terminé de pagar la hipoteca en Primer Grado y nunca tuve contacto con el escribano designado para hacer la escritura de cancelación ¿Qué debo hacer?

Si usted nunca realizó la cancelación de primer grado con el banco y/o con IVIFA, comuníquese con la División Notarial al mail [email protected], a efectos de reactivar el trámite ante quien corresponda para la designación de un escribano.

  • Terminé de pagar la hipoteca en Segundo Grado (Operatoria 1981 – 2012) y nunca tuve contacto con el escribano designado para hacer la escritura de cancelación ¿Qué debo hacer?

Si usted nunca realizó la cancelación de segundo grado con IVIFA, comuníquese con la División Notarial al mail [email protected], a efectos de reactivar el trámite ante quien corresponda para la designación de un escribano.

  • ¿Cuál es el costo de la escritura de cancelación de hipoteca?

Los gastos notariales son determinados y percibidos por los escribanos intervinientes.

  • ¿Cuál es el procedimiento para obtener la escritura o título de propiedad de mi vivienda?

En general el título de Propiedad se obtiene una vez levantada la hipoteca. Ante cualquier duda, comuníquese con la División Notarial al mail [email protected]

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