INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN ORGANIZADOR DE EVENTOS
Los organizadores de eventos que incluyan la exposición, venta, compra o cualquier otra actividad comercial con armas de fuego y/o municiones deben inscribirse ante la ANMaC. La inscripción en este rubro tiene una vigencia de cinco años y está sujeta a la normativa vigente para la seguridad y gestión de material controlado.
Requisitos para la Inscripción/Reinscripción
1. Documentación General
- Nota de solicitud: Debe indicar el tipo de eventos a organizar, detallando las actividades previstas.
- Formularios Leyes 23.283 y 23.412 debidamente cumplimentados para la inscripción/reinscripción.
- Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Uso Civil Condicional vigente, de acuerdo a los requisitos establecidos por las disposiciones N° 197/06 y N° 198/06, del titular o representante legal.
- Inscripción ante la AFIP y último recibo de pago.
2. Documentación para Personas Jurídicas
- Contrato social o estatutos vigentes y sus modificaciones, debidamente inscriptos en el Registro Público de Comercio, Inspección General de Justicia, INAC, etc., según corresponda.
- Instrumentos legales que acrediten la representación de la sociedad, como actas de Asamblea y/o Directorio designando las autoridades vigentes o poder notarial con facultades suficientes.
3. Requisitos Previos a la Celebración de un Evento
Para obtener la aprobación de la ANMaC para la realización de cada evento, deberá presentarse la siguiente documentación con una antelación mínima de veinte días hábiles a la fecha de inicio del evento:
- Nota de presentación: Detallando las características del evento, lugar y fechas de apertura y cierre.
- Formulario Ley correspondiente: Para la solicitud de inspección por parte de la ANMaC.
- Informe de la autoridad local de fiscalización: Acreditando las condiciones de seguridad contra incendios y la prevención de sustracciones del material objeto de la exposición.
- Convenio firmado: Entre el organizador del evento y el titular o representante legal de la sede donde se llevará a cabo el evento.
- Implementación de medidas de prevención: Detallar las medidas contra incendios y especificar la autoridad o empresa responsable de la seguridad. La vigilancia debe iniciar veinticuatro horas antes del comienzo del evento y finalizar veinticuatro horas después de su cierre.
- Nota firmada por el titular o representante legal: Incluyendo la nómina completa de expositores de material controlado, quienes deben poseer sus inscripciones como legítimos usuarios vigentes.
4. Durante el Evento
- Inventario Diario: Cada expositor deberá llevar un inventario diario de los movimientos de material controlado. Dichas planillas estarán a disposición de la ANMaC para su control y deben ser entregadas por el usuario comercial a la Agencia al finalizar el evento.
5. Notas Importantes
- Los organizadores de eventos deberán cumplir con las condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados según lo establece la legislación vigente.
- Las inscripciones y reinscripciones estarán sujetas a evaluación por la ANMaC, quien se reserva el derecho de rechazar la solicitud en todo o en parte, sin expresión de causa, y de denunciar en cualquier momento la autorización concedida.
- La inscripción en el rubro "Organizador de Eventos" tiene una vigencia de cinco años.