Presidencia de la Nación

Residuos regulados. Inscripción/Reinscripción en el registro de prestadores

Si sos prestador, en el marco del Programa de Residuos Regulados, tenés que inscribirte en el Registro. La inscripción permite resguardar el estatus zoofitosanitario del país, proteger la salud pública, el medio ambiente y la economía nacional.


El Programa de Residuos Regulados tiene como objeto establecer y ejercer el control zoofitosanitario en los puntos de ingreso a la República Argentina respecto de los residuos provenientes del exterior, para prevenir e impedir el ingreso de plagas y enfermedades que se transmiten o puedan transmitirse a través de estos.

¿A quién está dirigido?

Titular, representante legal, apoderado de la firma o responsable técnico, con documentación de respaldo.

¿Qué necesito?

Dependiendo de la actividad a desarrollar, cada empresa enviará al Programa de Residuos Regulados la documentación específica para cada rubro.

COLECTOR

Nota actualizada del interesado dirigida a:

Programa de Residuos Regulados Resolución Senasa N° 645/2021
Coordinación General de Fronteras y Barreras

Razón Social.
- Domicilio legal.
- Domicilio operativo.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Plan de gestión/procedimientos acorde a la actividad a desarrollar.
- Especificación de los contenedores y recipientes a utilizar.
- Nota de comunicación a las autoridades con competencia en la jurisdicción informando la incorporación de la tarea de gestión de residuos provenientes del exterior.

Dirección General de Aduanas (DGA), Prefectura Naval Argentina (PNA), Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), Gendarmería Nacional Argentina (GNA), Organismos ambientales (AMBIENTALES)

  • Documentación que acredite relación contractual según corresponda con empresa de transporte y tratamiento registrada ante el Senasa.
  • Si la representación de la razón social se efectúa a través de un apoderado, el mismo deberá presentar la designación correspondiente por parte de los titulares.

TRANSPORTISTA
- Nota actualizada del interesado dirigida a:
Programa de Residuos Regulados Resolución Senasa N° 645/2021
Coordinación General de Fronteras y Barreras
- Razón Social.
- Domicilio legal.
- Domicilio operativo.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Certificado de inscripción, habilitación y autorización de funcionamiento otorgado por la autoridad con competencia en la jurisdicción.
- Plan de gestión/Procedimientos acorde a la actividad a desarrollar
- Ubicación de las oficinas administrativas y base operativa.
- Especificación de los contenedores y recipientes a utilizar.
- Nota de comunicación a las autoridades con competencia en la jurisdicción informando la incorporación de la tarea de gestión de residuos provenientes del exterior. (DGA, PNA, PSA, GNA, AMBIENTALES)
- Plan de Contingencias ante derrames, vuelcos, y cualquier otra circunstancia que indique la autoridad sanitaria.
- Si la representación de la Razón Social se efectúa a través de un apoderado, el mismo deberá presentar la designación correspondiente por parte de los titulares.

PLANTA DE TRATAMIENTO
- Nota actualizada del interesado dirigida a:
Programa de Residuos Regulados Resolución Senasa N° 645/2021
Coordinación General de Fronteras y Barreras
- Razón Social.
- Domicilio legal.
- Domicilio operativo.
- Razón Social.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Unidad alternativa de tratamiento.
- Certificado de inscripción, habilitación y autorización de funcionamiento otorgado por la autoridad ambiental con competencia en la jurisdicción.

Reinscripciones
Deberán iniciar el trámite administrativo, treinta (30) días previos al vencimiento del certificado vigente.

NOTAS:
- Realizar la presentación citando expediente de referencia.

Inspección técnica
Culminada la etapa administrativa y aprobado los procedimientos operativos propuestos, se procede a realizar la inspección in situ evaluando puntos específicos de la norma, teniendo en cuenta las particularidades del prestador.

Para registrar sistemas con equipos sometidos a presión, se debe acreditar la realización de pruebas hidráulicas que avalen el uso continuo del equipo en las condiciones exigidas por Senasa y que garanticen los siguientes valores: tiempo: veinte (20) minutos, temperatura: ciento treinta y tres (133) grados centígrados en el centro de la masa y presión: tres (3) bares.
La documentación que acredite dichas pruebas, debe ser emitida por un Organismo Nacional competente (por ejemplo: Instituto Nacional de Tecnología Industrial) o una entidad privada acreditada ante el organismo correspondiente. La documentación debe ser presentada ante el Senasa.
La acreditación de las condiciones referidas es condición indispensable y excluyente para registrar el equipo.
- Las plantas deberán presentar una póliza de seguro de caución por daño ambiental de incidencia colectiva.
- Plan de gestión/procedimientos acorde a la actividad a desarrollar
- Acreditación del responsable técnico (título y registro habilitante).
- Plano de ubicación territorial de la planta e instalaciones.
- Descripción del equipamiento.
- Especificación de los contenedores y recipientes a utilizar.
- Plan de contingencias ante derrames, vuelcos, y cualquier otra circunstancia que indique la autoridad sanitaria.
- Nota de comunicación a las autoridades con competencia en la jurisdicción informando la incorporación de la tarea de gestión de residuos provenientes del exterior. (DGA, PNA, PSA, GNA, AMBIENTALES)
- Si la representación de la razón social se efectúa a través de un apoderado, el mismo deberá presentar la designación correspondiente por parte de los titulares.
Superadas ambas etapas, la razón social solicitante será inscripta en el Registro de Prestadores de Servicios del Programa de Residuos Regulados, emitiéndose el correspondiente Certificado de Registro como constancia.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a la plataforma TAD
Inscripción
Reinscripción

2

Completá el formulario de solicitud de inscripción.

3

Adjuntá la documentación.

4

Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

5

Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.

Dirección Nacional de Operaciones
Coordinación General de Fronteras y Barreras Sanitarias
Av. Paseo Colón N° 367, Piso 7° frente, C1063ACD, CABA.
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5000 internos: 5054/5426/6661
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa

Normativa:
Resolución Senasa N° 645/2021

¿Cuál es el costo del trámite?

Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.

Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.

Información complementaria

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
Estado de tu Expediente

Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta.
Encuesta de Satisfacción Senasa.



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