VIGENCIA DEL NUEVO MARCO NORMATIVO DE IGJ
Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Una vez obtenida la autorización para utilizar el sistema de registración mediante medios mecánicos (Art. 61 de la Ley 19.550), cada dos años deberás realizar este trámite.
Para la realización del trámite necesitás tener presentados los períodos anteriores y los bianuales vencidos (de corresponder).
Tené en cuenta que la presentación debés hacerla cada dos años a partir del primer vencimiento del art. 335 apartado I de la RG IGJ 7/15.
¿A quién está dirigido?
Entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan la registración a través de medios mecánicos.
¿Qué necesito?
Formulario "Información bienal de actualización técnica". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
Escrito debidamente suscripto por representante legal de la misma, con firma y cargo certificados notarialmente, invocando carácter de la presentación efectuada y ratificando la documentación acompañada por el profesional interviniente.
Informe especial firmado por Contador Público independiente, cuya firma se encuentre legalizada por la superintendencia de la matrícula, del que surja:
- La descripción exacta del sistema utilizado durante el ejercicio económico. Se informará si se han implementado actualizaciones al sistema oportunamente aprobado, con indicación de versión original y versión actual, así como fecha de efecto.
- Opinión fundada sobre la concordancia existente entre el sistema de registración contable y diseño de registros utilizado durante dicho ejercicio y el oportunamente autorizado.
- Informará datos del libro Inventario y Balances en el que se ha transcripto las autorizaciones y/o bajas emitidas por el Organismo, la descripción de los sistemas aprobados, los diseños de registros y el plan de cuentas.
- En caso de detectarse discordancias entre el o los sistemas y diseños aprobados por el Organismo y los utilizados durante el ejercicio que se informa, el profesional interviniente acompañará detalle de las mismas, indicando fecha de efecto de cada una.
- Informará opinión sobre cumplimiento de todos los apartados de los artículos 326, 333 y 334 de la RG IGJ 7/15, según corresponda.
- Junto con su informe, acompañará datos de la totalidad de los listados o registros utilizados durante el período que se informa, indicando: denominación, período, número inicial y final de cada soporte, libro o ficha y metodología de archivo de los mismos. En caso de medios ópticos indicará cumplimiento del artículo 334, incisos 5 y 6 de la RG IGJ 7/15.
- Informará vigencia del contrato de tercerización de archivo de documentación física y/o informática, en caso de corresponder.
Copia/s de la autorización/es vigente/s y/o bajas para el período bienal respectivo.
¿Cómo hago?
Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]
¿Cuál es el costo del trámite?
Asociaciones Civiles Categoría II, trámite común: 12 módulos
Asociaciones Civiles Categoría III, trámite común: 12 módulos
Fundaciones, trámite común: 12 módulos
Sociedades accionarias, trámite común: 60 módulos
SAS, trámite común: 14 módulos
Sociedades no accionarias, trámite común: 60 módulos
Contratos asociativos, trámite común: 60 módulos
Sociedades extranjeras, trámite común: 60 módulos
Contratos de Fideicomiso, trámite común: 60 módulos
Sociedades de capitalización y ahorro / Sociedades 299, trámite común: 60 módulos