Si necesitás importar mercadería destinada a la rehabilitación, tratamiento y capacitación de personas con discapacidad y verificás que no se fabrique en el país, podés tramitar por Aduana la exención del pago de todos los impuestos.
La inexistencia de producción nacional de implantes cocleares, sus procesadores o sus accesorios se da por verificada de acuerdo a la Resolución SI N° 38/2018.
¿Qué necesito?
Si sos una persona física:
- Tener fotocopia del DNI (1ra y 2da hoja).
- Tener fotocopia del certificado de discapacidad.
- Tener folletos y características en castellano del bien que se desea importar.
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
Si actuás en representación de la persona beneficiaria, también debés presentar:
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Copia del DNI de la persona beneficiaria y fotocopia del DNI de quien lo tramita (1ra y 2da hoja).
- Certificado de discapacidad de beneficiario.
- Tener folletos y características, en castellano, del bien a importar
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Acreditación del vínculo con el beneficiario (ej. Partida de nacimiento, acta de designación como curador/a tutor/a).
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
Si se trata de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro:
- Autorización firmada por la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas que las habilite para actuar en carácter de asociaciones e instituciones cuyo objeto sea satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad
- Tener folletos y características, en castellano, del bien a importar
- Factura proforma (que especifique el bien descripto en la nota, precio a pagar, etc)
- Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar.
- Demás documentación que considere pertinente para la tramitación.
- Si se tratase de un medicamento, es necesario un certificado de autorización extendido por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T)
Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
¿Cómo hago?
Completá el formulario y adjuntá la documentación requerida según quién realice la presentación (persona física, representación de persona física o entidad sin fines de lucro). Si la carga la va a realizar otra persona, recordá que debe estar autorizada en el modelo de nota.
Una vez realizado el trámite, se realizará la consulta correspondiente. En el caso de comprobarse la inexistencia de producción nacional, la Dirección Nacional de Industria se lo comunicará a la Dirección General de Aduanas y a vos a través de notificaciones TAD. En caso de que exista producción nacional, se te informará quién lo hace.
Contacto
- Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.
- (011) 4349-3479
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito