Guía de preguntas frecuentes del Plan Nacional de Suelo Urbano
Preguntas frecuentes
- ¿Cuáles son los componentes principales del Plan Nacional de Suelo Urbano?
- ¿Quiénes pueden solicitar financiamiento en el Programa de Producción de Suelo?
- ¿El suelo debe ser de propiedad pública?
- ¿Qué podrá financiarse a través del Programa de Producción de Suelo?
- ¿Qué redes de infraestructura pueden financiarse a través del Programa de Producción de Suelo?
- ¿Qué información y documentación debe presentarse para ser evaluada en el Programa de Producción de Suelo?
- ¿Cómo es el proceso de los proyectos en el Programa de Producción de Suelo?
- ¿De qué manera se lleva a cabo la certificación de obras y rendición de cuentas del Programa?
- ¿Cuáles son los criterios de asignación de fondos en el Programa de Producción de Suelo?
- ¿Quiénes están a cargo de la adjudicación final de los lotes con servicios en el Programa de Producción de Suelo?
- ¿Cuál es el criterio de recupero y valor de venta de los lotes?
- ¿En qué consiste el Programa de Capacitación y Asistencia Técnica?
- ¿Puedo acceder a los cursos del Programa de Capacitación si no formo parte de la Administración Pública?
- ¿Por qué un Observatorio Nacional de Acceso al Suelo?
¿Cuáles son los componentes principales del Plan Nacional de Suelo Urbano?
El Plan fue concebido como un instrumento que afirma el rol de la planificación para generar un territorio integrado y sostenible y que permita mejorar las condiciones de acceso al suelo asequible y de buena calidad. Asumiendo la complejidad de procesos y actores que intervienen, establece 4 líneas de acción sobre las que prevé una fuerte articulación: 1-El Programa Nacional de Producción de Suelo, 2-El Programa Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica, 3-La conformación de la Mesa Intersectorial de Políticas de Suelo y 4-La creación del Observatorio Nacional de Acceso al Suelo.
¿Quiénes pueden solicitar financiamiento en el Programa de Producción de Suelo?
Organismos provinciales o municipales responsables de la ejecución de proyectos urbanísticos y habitacionales, organismos e instituciones públicas financieras provinciales y/o municipales, fondos fiduciarios o entes del sector público provincial y municipal.
¿El suelo debe ser de propiedad pública?
Sí, el suelo debe ser propiedad de un ente público y en ningún caso se solicitará transferir su propiedad al Estado Nacional por la contribución en el financiamiento. Podrá ser propiedad del municipio o de la provincia de manera tal que se disponga del mismo para la dotación de infraestructura necesaria para la generación de lotes con servicios. Tal como se establece en el Manual de Ejecución, los solicitantes podrán ser todos los mencionados en la pregunta anterior.
¿Qué podrá financiarse a través del Programa de Producción de Suelo?
Podrán financiarse solicitudes para la generación de lotes con servicios, cumpliendo con las exigencias de infraestructura mínima del Programa y la requerida por las normas urbanísticas vigentes, pudiendo incluir en el financiamiento la adquisición de suelo -si los solicitantes no disponen de suelo apto para urbanizar- siempre con la intervención del Tribunal de Tasaciones de la Nación.
¿Qué redes de infraestructura pueden financiarse a través del Programa de Producción de Suelo?
Serán objeto de financiación y bajo criterios establecidos, las siguientes redes de infraestructura y equipamiento urbano: accesibilidad vial y peatonal, desagües pluviales, agua corriente, desagües cloacales, energía eléctrica, alumbrado público, gas natural, forestación urbana, señalización urbana y paradores de transporte público.
¿Qué información y documentación debe presentarse para ser evaluada en el Programa de Producción de Suelo?
Conocé toda la información y documentación obligatoria para presentar y los documentos necesarios de descarga para ser completados en el siguiente apartado
¿Cómo es el proceso de los proyectos en el Programa de Producción de Suelo?
Conocé todos los pasos involucrados en el Programa Nacional de Producción de Suelo, desde la presentación de un proyecto hasta concluidas las obras ejecutadas en el siguiente apartado
¿De qué manera se lleva a cabo la certificación de obras y rendición de cuentas del Programa?
El Ente Ejecutor debe realizar la rendición de cuentas de acuerdo a la dispuesto en el Decreto 782, de fecha 20 de noviembre de 2019, y el Reglamento General del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat para la rendición de cuentas de fondos presupuestarios transferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes, aprobado por la Resolución N° 31 del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, del 18 de junio de 2020, o la norma que lo reemplace.
La presentación de la documentación es por Convenio, en forma mensual, consecutiva y correlativa. Es decir, una vez que comience la obra, la misma no podrá tener meses sin certificar y deberá respetar el orden numérico de la presentación cumplimentando con el plan de trabajos y con las particularidades previstas en el Convenio Específico.
¿Cuáles son los criterios de asignación de fondos en el Programa de Producción de Suelo?
Los recursos presupuestarios se asignarán en función de criterios de equidad y solidaridad, dando prioridad a mejorar la accesibilidad de la población al suelo urbano y la búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional, a fin de fomentar el arraigo. Se utilizarán para ello indicadores poblacionales asociados al déficit habitacional, la demanda de suelo urbano en cada localidad y los niveles de desocupación, entre otros.
A fin de incentivar la aplicación de legislación urbanística innovadora e instrumentos urbanísticos para mejorar el acceso al suelo, se tendrá en cuenta como indicador prioritario para la definición de los criterios de asignación, la existencia y utilización de instrumentos normativos reguladores del mercado de suelo.
¿Quiénes están a cargo de la adjudicación final de los lotes con servicios en el Programa de Producción de Suelo?
Es responsabilidad del Ente Ejecutor llevar a cabo el proceso de adjudicación de los lotes con servicios generados, conforme los parámetros que la Dirección Nacional de Política de Suelo establece. Desde la misma, se evaluará el cumplimiento de la metodología aplicada en función de lo comprometido mediante declaración jurada en la solicitud de financiamiento.
Una vez finalizadas las obras, el Ente Ejecutor junto a la Subsecretaría de Política de Suelo y Urbanismo deberán entregar los lotes con servicios ejecutados con su correspondiente título de propiedad, disponiéndose los lotes en favor de personas o familias que necesiten adquirir un terreno con destino a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.
¿Cuál es el criterio de recupero y valor de venta de los lotes?
Los Entes Ejecutores serán los encargados de implementar y gestionar el sistema de recupero de cuotas, a ser pagadas por los adjudicatarios en forma mensual y consecutiva. Los fondos recuperados deberán destinarse exclusivamente a la adquisición de tierra y/o el financiamiento de infraestructura y/o programas habitacionales, a partir de la creación de un fondo con destino específico por parte de los Entes Ejecutores.
El sistema de recupero de cuotas deberá prever la capacidad de pago de las familias adjudicatarias, así como la recuperación de los montos invertidos para el desarrollo de nuevos proyectos similares al ejecutado, garantizando un precio que asegure la asequibilidad.
¿En qué consiste el Programa de Capacitación y Asistencia Técnica?
El Programa se crea bajo el objetivo general de capacitar a funcionarios y técnicos de la Administración Pública para mejorar la aplicación de políticas de suelo y, a su vez, brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y locales para implementar políticas que mejoren el acceso al suelo de la población.
¿Puedo acceder a los cursos del Programa de Capacitación si no formo parte de la Administración Pública?
Si bien el objetivo central de este Programa es contribuir a la formación de equipos técnicos y funcionarios de la Administración Pública, existen ofertas de capacitación que son abiertas a todas las personas que tengan interés en ampliar su conocimiento sobre las políticas de suelo.
Acá podrás conocer más sobre Programa Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica, y acceder a la oferta vigente de cursos disponibles.
¿Por qué un Observatorio Nacional de Acceso al Suelo?
El Observatorio se constituye como un ámbito de obtención, procesamiento, análisis y seguimiento de datos acerca de la situación de acceso al suelo en todo el territorio nacional y de la situación del mercado de suelo, información que constituirá un insumo fundamental para el diseño, la ejecución y la evaluación y monitoreo de las políticas y programas implementados.
Acá podrás conocer más sobre el Observatorio Nacional de Acceso al Suelo y visualizar y aportar datos para su construcción.