Las actividades relacionadas con la inseminación artificial de los animales y que se refieren a obtención, utilización, conservación, transporte, almacenamiento, comercialización, importación y exportación de material seminal quedan sujetas en todo el país a las disposiciones de la ley 20425 y a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo con el fin de fiscalizar los métodos para reproducción animal.
¿A quién está dirigido?
Titulares de laboratorios móviles de material genético.
¿Qué necesito?
Habilitación o renovación:
Tenés que ser parte integrante de un Centro Integral de Inseminación Artificial, regidos por el mismo director técnico, y debidamente habilitado.
¿Cómo hago?
Acercate a las oficinas autorizadas del Senasa.
Aboná el arancel que corresponda: ver los Medios de pago habilitados – Senasa.
Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión
Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º cfrente, C1063ACD, CABA.
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5252
Correo electrónico:[email protected]
Horario de atención: de lunes a viernes de 8 a 16.
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa
Normativa:
Decreto Ley Nº 20425/1973
¿Cuál es el costo del trámite?
Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.
Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.
Información complementaria
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
Estado de tu Expediente
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Encuesta de Satisfacción Senasa.