Presidencia de la Nación

Habilitación de servicio de traslado sanitario

Cómo se realiza el trámite por el cual se habilitan los servicios de traslados sanitarios.

En linea

Trámite por el cual se se habilitan los servicios de traslado sanitario de media y alta complejidad.

Importante:

Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.

¿A quién está dirigido?

Titular del Establecimiento o Apoderado

¿Qué necesito?

Nota de solicitud

Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble), con firmas certificadas por escribano público de las partes intervinientes. En el caso del contrato de comodato, adjuntar título de propiedad. Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato, tienen que especificar en sus respectivas cláusulas el destino y el plazo del mismo.

Si el Establecimiento se encuentra en una propiedad sometida al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar reglamento de copropiedad.

Plano del establecimiento presentado a CABA o croquis con destinos y medidas, según corresponda, con firma y sello del titular sanitario.

Copia simple del inicio de trámite ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o fotocopia certificada ante escribano de la Plancheta de Habilitación.

Contrato con empresa de recolección de residuos biopatogénicos y/o factura de último pago. En caso de no generarlos, informarlo mediante nota con firma y sello del profesional médico.

Número de dominio de cada ambulancia y su correspondiente complejidad (marca, modelo, tipo).

Cédula verde y titulo del automotor de cada móvil autenticada.

Listado de choferes.

Listado de camilleros.

Listado del equipamiento médico. En el caso de que sean provistos por una empresa, adjuntar contrato.

Adjuntar modelos de protocolos y/o Formularios que se utilizarán en el servicio.

Las Sociedades propietarias de Establecimientos de Salud, deberán cumplimentar el articulo N° 39 de la Ley 17132 (Normas para el ejercicio de la medicina, odontología y actividades de colaboración). Incluir un profesional de salud propietario de acciones. En el caso de Personas Jurídicas, adjuntar: a) Estatuto Social, debidamente inscripto en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto.: b) Acta de Directorio que designa al Director Técnico/Médico autenticada por Escribano Público

Autorización para ejercer de los profesionales no titulares del Establecimiento. Completar el formulario interactivo, el cual deberá ser firmado digitalmente y en forma conjunta con el profesional a autorizar

Comprobante de pago

Nota 1: las firmas deberán ser autenticadas ante banco donde tenga cuenta, policía o escribano público.

Nota 2: las firmas y copias de contratos y estatutos deberán ser autenticadas por escribano público.

Nota 3: no se iniciaran trámites que no incluyan la totalidad de los documentos requeridos. Será causal de suspensión y/o denegatoria del trámite la omisión, no cumplimiento o falsedad de los documentos presentados.

¿Cómo hago?

Ingresá al Trámite Habilitar el servicio de traslado sanitario con CUIT y clave fiscal, y seguí los pasos allí indicados.

Por consultas, comunicate a:

  • teléfono: 011 4379-9000 int. 4676, lunes a viernes de 10 a 13 horas.

¿Cuál es el costo del trámite?

$13600.00

El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

CBU 0110599520000002619804
Banco de la Nación Argentina
Nro. Cuenta: 0000261980
Sucursal: Plaza de Mayo
CUIT 30546663422



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