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ESTACIONAMIENTO - Av. Circunvalación entre calles Moreno y Boulevard Oroño, Rosario, Sante Fe.


Datos técnicos

Ubicación: Av. Circunvalación entre calles Moreno y Boulevard Oroño.
Objeto: Explotación comercial de Estacionamiento
Plazo: 120 meses ( 10 años )
Canon Base Mensual: $ 2.276.000 Pesos Arg.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Nº 392-0012-LPU24

Descripción

El Estado Nacional Argentino, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (en adelante “AABE” o “Agencia”), con domicilio en Avenida Dr. José María Ramos Mejía Nº 1.302, Oficina 101/103, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convoca a Licitación Pública con canon base, para la Concesión de uso y explotación comercial de TRES (3) espacios de un inmueble ubicado en Avenida Circunvalación entre calles Moreno y Boulevard Oroño, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, propiedad del Estado Nacional, que se halla bajo jurisdicción de la Dirección Nacional de Vialidad, Espacio Parquizado con una superficie de 8.549,40 m2; Espacio de estacionamiento con una superficie aproximada de 16.300 m2 y Espacio de Circulación con una superficie aproximada de 1.612,60 m2, por el plazo de 120 MESES, contados desde la firma del respectivo Contrato de Concesión de Uso, prorrogable por un plazo de 12 meses

Destino de la concesión:

Para el espacio Parquizado el Concesionario deberá mantener su buen estado de conservación, encargándose de su poda y riego correspondiente. En sus lados oeste, norte y sur, hacia la vía pública, deberá ser resguardado mediante cerca perimetral metálica, la cual deberá estar debidamente pintada, a fin de mantener eficientemente la parquización. Con relación al espacio para estacionamiento, el concesionario deberá realizar la actividad de guarda temporal remunerada de vehículos particulares, de funcionamiento u operación durante las 24 hs, tal el caso de automóviles, camionetas, motocicletas y bicicletas, indistintamente su tipo y condición, siempre y cuando sus dimensiones resulten compatibles con los espacios circulatorios y de las respectivas plazas para su alojamiento, en un todo de acuerdo con la normativa local y demás reglamentaciones técnicas vigentes en materia de usos y actividades permitidas o admisibles para dicho inmueble. Respecto al espacio de circulación, el concesionario lo utilizará para circular entre el espacio parquización y estacionamiento. El inmueble deberá destinarse en forma excluyente al destino reseñado, no pudiendo afectarse a otros usos o actividades

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