Presidencia de la Nación

Indicadores de desempeño de la concesión (Benchmarking)


El “benchmarking” es una técnica utilizada en sectores monopólicos, como el de agua potable y saneamiento, para mejorar la eficacia, la eficiencia y la calidad del servicio. Consiste en comparar una serie de indicadores de desempeño de un prestador de servicio año a año, para evaluar la evolución de su desempeño en el tiempo; y entre prestadores, para identificar las mejores prácticas y fomentar la competencia. La ley 26.221/07 establece los mecanismos para realizar este análisis comparativo, que ayuda a los prestadores y reguladores a tomar decisiones informadas y a los usuarios a visualizar la calidad del servicio que están recibiendo por la tarifa que abonan. Se han creado bases de datos regionales para facilitar estas comparaciones. En Argentina, el ERAS elabora los informes anuales de benchmarking regulatorio de AySA y lidera el programa nacional de AFERAS, que se integra al regional de ADERASA.

Seguidamente se ponen a disposición los informes anuales de benchmarking de AySA elaborados por el ERAS, desde el inicio de la concesión:

Informes anuales de Benchmarking:

2022/2023 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 2014 2013 2012 2011 2010

Los informes anuales regionales de benchmarking elaborados por ADERASA se pueden acceder a través del vínculo: https://aderasa.org/#informes

Fundamentos del benchmarking regulatorio

Los servicios de agua potable y saneamiento son usualmente prestados en condiciones monopólicas. Esta condición hace que los prestadores pierdan los incentivos a la eficacia en el alcance de los niveles de servicio pautados y a la eficiencia en el uso de los recursos, incentivos que son naturales en mercados en competencia. Para brindar un mejor servicio a los usuarios a un precio justo, en mercados monopólicos se recurre a técnicas de “benchmarking”, generando un ambiente de competencia virtual, permitiendo además identificar las mejores prácticas para la mejora de los servicios.

Esta técnica, basada en indicadores de desempeño, ha demostrado ser una herramienta sumamente útil para generar incentivos en los prestadores y para permitir a los reguladores establecer objetivos de servicios ajustados a la realidad y su posterior control.

Los prestadores conocen mejor los servicios que los reguladores, generándose una “asimetría de la información”, por la cual las decisiones del regulador tiendan a estar fundadas en un conocimiento imperfecto de los servicios, lo que podría perjudicar la sostenibilidad del sistema. Nace así la regulación por comparación, que consiste en comparar los diversos aspectos de la gestión del prestador regulado con los de otros prestadores que operan en condiciones similares, a través de un conjunto de indicadores de desempeño generados a partir datos relevados de sus respectivas operaciones. Esta comparación permite también determinar qué prestadores hacen mejor el trabajo, identificando así las “mejores prácticas”, que podrán ser emuladas y/o adaptadas por los restantes prestadores. También se pueden comparar los indicadores de desempeño de un prestador a lo largo de los años, a fin de ilustrar la evolución de su gestión a los usuarios y a otras partes interesadas.

En base a estos principios, la Ley Nº 26.221, que establece el Marco Regulatorio de la concesión, dice en su preámbulo:

“… Los instrumentos de verificación y control deberán estar basados en procedimientos que permitan a las entidades y empresas involucradas en la operación de los servicios brinden la información necesaria que viabilicen a las autoridades efectuar los estudios sobre eficiencia y que, a su vez, faciliten el análisis comparativo con otras empresas, tanto en el país como en el extranjero, respetando siempre los parámetros consolidados de la técnica regulatoria”.

Posteriormente, en su Artículo 101º.- ANÁLISIS COMPARATIVO (BENCHMARKING) establece:

Para la elaboración de los estudios comparativos y análisis de los niveles de eficiencia proyectados y alcanzados por la Concesionaria, la Autoridad de Aplicación establecerá, previa consulta a la Concesionaria y al Ente Regulador, mecanismos de información y seguimiento de Indicadores de Gestión que faciliten la comparación entre sectores de una misma prestación o con otros servicios prestados en el país y en el exterior. El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios definirá finalmente los criterios y parámetros regulatorios a utilizar.

Los datos necesarios para la conformación de dichos indicadores deberán ser presentados periódicamente por la Concesionaria ante el Ente Regulador, conjuntamente con los informes anuales previstos en este capítulo, a fin de permitir una mejor comprensión y control de la gestión.

La implementación de este mecanismo comparativo deberá estar basada en pautas técnicas indubitadamente reconocidas como útiles y viables por la práctica regulatoria para este servicio.”

La Gerencia de Benchmarking del ERAS, en concordancia con cuanto establecido en el Marco Regulatorio, viene desarrollando y publicando informes anuales de benchmarking desde el inicio de la concesión en el año 2006.

Aplicación del benchmarking regulatorio

Para realizar comparaciones adecuadas, es necesario que las definiciones de los datos y los IG sean uniformes entre todos los operadores a comparar y que sean relevados y elaborados de forma consistente. Si además se pretenden establecer comparaciones con otros países, o con otros organismos supranacionales, es conveniente que los ID se definan en concordancia con aquellos de uso común en otros sistemas. Hoy día ya es una técnica muy utilizada en el mundo de los servicios de agua y saneamiento, y se dispone de bases de IG para la comparación de prestadores en diversos países y en algunas organizaciones internacionales, tanto en asociaciones de prestadores como de reguladores. Entre otras se pueden mencionar la OFWAT, regulador del Inglaterra y Gales; el VEWIN, de los prestadores de los Países Bajos; el 6-City Group, con prestadores de los Países Escandinavos; el ERSAR, regulador de Portugal; la EBC, con prestadores de algunos países europeos; la ESC, regulador del estado de Victoria, en Australia; el SNIS con los prestadores de Brasil; ADERASA, con reguladores de América latina; la IB-NET del Banco Mundial, con prestadores de todo el mundo, etc.

El ex ETOSS, conjuntamente con la Asociación Federal de Entes Reguladores de Agua y Saneamiento de Argentina (AFERAS), en el entendimiento de la utilidad de contar con esta herramienta, decidieron en 1999 desarrollar su propio programa de benchmarking. El ERAS ha recogido y dado continuidad a esta iniciativa.

Desde el inicio se ha trabajado en coordinación con otras experiencias ya establecidas, tanto en la región como a nivel global, con la intención de poder desarrollar futuras comparaciones con el más amplio espectro de comparadores posible. Esa visión permitió que el ERAS, a través de AFERAS, desarrollara el sistema de benchmarking regulatorio de la Asociación de Entes Reguladores de Agua Potable y Saneamiento de las Américas (ADERASA), desde el año 2002 y con la participación de organismos reguladores de la región latinoamericana, del que actualmente participan 16 países. Este sistema está siendo administrado desde el año 2014 por la SUNASS, el regulador de Perú.

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