Presidencia de la Nación

Por provincia

Catamarca

Fecha de publicación: 23 de junio de 2014.

Resolución: se creó a través de Resolución SEM Nº 498/14 el Registro de Proveedores de Empresas Mineras (Re.P.E.M) de manera de facilitar la misma y promover la acumulación de capital social en la provincia, el trabajo genuino, las posibilidades de desarrollo y la diversificacion productiva.

Domicilio: domicilio legal en la provincia de Catamarca con una antigüedad no inferior a dos (2) años y el asiento principal de sus negocios o de la actividad empresarial en la provincia.

Personas jurídicas: tener el 50 % de los socios o accionistas con domicilio real o social en la provincia de Catamarca.

Composición UTE: en caso de unión transitoria de empresas (UTE) deben estar conformadas al menos en un cincuenta por ciento (50%) con proveedores locales.

Requisitos provinciales para empresas mineras: habilitación municipal e inscripción en Rentas Provincial.

Inscripción para proveedores: completar y presentar en carácter de Declaración Jurada ante la Dirección Provincial de Promoción Social Minera el formulario de inscripción en el Registro de Proveedores Locales.

Actualización: se requerirá la actualización semestral de los datos.


Salta

Fecha de publicación: publicada en el Boletín Oficial Nº 20.609, del 22 de octubre de 2019.

Resolución: la Ley Nº 8164 y el Decreto Nº 534, establecen los requisitos para la inscripción en el Registro de Proveedores Locales de Empresas Mineras (RPPLEM), a saber:

Domicilio: constituir y mantener domicilio real o social y fiscal en la provincia de Salta.

Composición personas jurídicas/físicas: en caso de ser una persona jurídica, debe estar inscripta en la Provincia y el 51% o más de su composición societaria, estar en poder de uno o más socios o accionistas con domicilio real o social en la provincia.

Composición UTE: en el caso de Unión Transitoria de Empresas (UTE), deberá estar conformada contando con al menos un socio de la Provincia, con una participación mínima del 30%.

Requisitos provinciales para empresas mineras: deberán contratar obras, bienes, insumos y/o servicios prestados por proveedores locales en un porcentaje no inferior al 70% del monto total anual contratado con todos sus proveedores.

Otros requisitos para mineras: para la aprobación por parte de la autoridad competente del Estudio de Impacto Ambiental y Social de los proyectos mineros de sustancias de primera categoría, se requerirá un sistema progresivo de contratación de empleo, obras, bienes, insumos y/o servicios de la Provincia, que deberá fijarse entre el cuarenta por ciento (40%) y setenta por ciento (70%) del total de su nómina, de acuerdo a la etapa y magnitud del proyecto minero.

Composición de dotación para empresas mineras: deberán contratar trabajadores con domicilio real en los departamentos de actividad minera, y luego a los del resto de la provincia de Salta, en una cantidad no inferior al 60% de toda su nómina.

Composición de dotación para proveedores: al menos el 80% de su nómina de trabajadores tenga domicilio real en la provincia, y en el caso de profesionales y técnicos especializados deberán estar matriculados en el correspondiente organismo colegiado de la provincia.

Condición del registro: gratuito y público.

Inscripción para proveedores: a) Documentación de personas humanas: - Fotocopia del DNI - Certificado de residencia del solicitante con una antigüedad no menor a 2 meses - Constancias de Inscripción ante la AFIP y la DGR de Salta - Listado de la nómina de personal - Cámara que integran. b) Documentación de personas jurídicas: - Contrato social debidamente inscripto, o con constancia de trámite de registro - Constancias de Inscripción ante la AFIP y la DGR de Salta - Fotocopia de Acta vigente de designación de autoridades y/o representantes - Para las autoridades (socios gerentes o directores titulares) y representantes idéntica documentación exigida a las personas humanas - Listado de la nómina de personas.

Actualización: las inscripciones en el Registro de Proveedores Locales de Empresas Mineras, tienen vigencia de dos años contados desde que se emitió el certificado. A los efectos de renovar la inscripción en el Registro, el proveedor deberá presentar las constancias actualizadas de Inscripción ante la AFIP y DGR de Salta.


San Juan

Fecha de publicación: ley consolidada al 31/12/13, en el Digesto Jurídico de la Provincia, por la Ley Provincial Nº 8.509, Boletín Oficial 10/12/14 - San Juan.

Resolución: créase el Registro único de Proveedores de Empresas Mineras (R.U.P.E.M), el que tendrá carácter obligatorio y público. Ley 8.421.

Domicilio: tengan domicilio real o social y fiscal en la provincia de San Juan, no inferior a un (1) año.

Composición personas jurídicas/físicas: en caso de las personas jurídicas: estén constituidas e inscriptas en la provincia de San Juan y su composición societaria en un cincuenta por ciento (50%) o más esté en poder de uno o más socios o accionistas con domicilio real o social en la provincia de San Juan.

Composición UTE: en caso de unión transitoria de empresas (UTE) cuando estén conformadas al menos en un cincuenta por ciento (50%) con proveedores locales.

Requisitos provinciales para empresas mineras: el monto total anual en contrataciones de obras, bienes, insumos o servicios con proveedores locales no podrá ser inferior al setenta y cinco por ciento (75%) del monto total contratado.

Otros requisitos para mineras: las empresas mineras deberán presentar anualmente una declaración que contenga la nómina de todos sus proveedores y montos contratados, se hallen o no inscriptos en el registro, como así también, nómina de trabajadores bajo su dependencia.

Composición de dotación para empresas mineras: deberán contratar, trabajadores que tengan domicilio real en la provincia de San Juan, con una antigüedad no inferior a un (1) año, en una cantidad no inferior al setenta y cinco por ciento (75%) de toda su nómina de trabajadores.

Composición de dotación para proveedores: que al menos el ochenta por ciento (80%) de su nómina de trabajadores tengan domicilio real en la provincia de San Juan, con una antigüedad no inferior a un (1) año.

Condición del registro: la inscripción en el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (R.U.P.E.M.) será obligatorio para los proveedores locales.

Inscripción para proveedores: funciones del RUPEM: a) Llevar un legajo por empresa minera, con las declaraciones juradas que contengan la nómina de todos sus proveedores y montos contratados, se hallen o no inscriptos en el mencionado registro, como así también, nómina de trabajadores que se hallen bajo su dependencia. b) Inscribir a los proveedores locales. c) Llevar un legajo con los antecedentes de cada uno de los proveedores locales inscriptos.

Actualización: anualmente, antes del 30 de marzo de cada año, los proveedores locales de empresas mineras deberán renovar su inscripción en el R.U.P.E.M.


Santa Cruz

Fecha de publicación: 23 de octubre de 2018.

Resolución: créase el Registro Único de Proveedores de Actividades Económicas (RUPAE).

Domicilio: domicilio principal de la persona humana, o jurídica estará dentro de la provincia y surgirá del Documento Nacional de Identidad, contratos sociales, reglamentos o estatutos en caso de tratarse de personas jurídicas. Domicilio de los titulares y gerentes de personas jurídicas, estará dentro de esta provincia.

Requisitos provinciales para empresas mineras: las empresas mineras deberán efectuar como mínimo el cincuenta por ciento (50%) del monto total anual de sus contrataciones de obras, bienes, insumos o servicios con proveedores santacruceños.

Otros requisitos para mineras: las empresas deberán presentar anualmente una declaración que contenga la nómina de todos sus proveedores y montos contratados.

Composición de dotación para proveedores: el ochenta por ciento (80%) del personal dependiente residirá efectivamente en esta provincia.

Condición del registro: tendrá carácter obligatorio y público. La inscripción en el RUPAE, será obligatorio para los proveedores.

Actualización: la Autoridad de Aplicación, elevará semestralmente un informe detallado de las actividades a las Cámaras o Entidades que representen a los empresarios y/o comerciantes y/o industriales santacruceñas del sector o actividad económicas.


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