Presidencia de la Nación

Denunciar actuación de los conciliadores laborales

Denunciar las conductas de los Conciliadores Laborales que no se ajustan a la Ley Nº 24.635 y su reglamentación.

Gratuito

Denunciar las conductas de los Conciliadores Laborales que no se ajustan a la Ley Nº 24.635.

Las denuncias se reciben a través de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Los Conciliadores Laborales, previo sumario administrativo, pueden:

Ser suspendidos en el RENACLO por:

  1. Incumplimiento o mal desempeño de sus funciones.
  2. Haberse rehusado a intervenir, sin causa justificada, en más de TRES (3) conciliaciones por año.
  3. Haber sido sancionado por incurrir en falta grave, por el Tribunal de Disciplina del Colegio Profesional al que perteneciere.
  4. No abonar en término la matrícula anual de inscripción.

Ser excluidos del RENACLO por:

  1. Negligencia grave en el ejercicio de sus funciones que perjudique el procedimiento de conciliación, su celeridad o desarrollo.
  2. No haberse excusado de intervenir en un caso cuando concurran las causales previstas en el Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.
  3. Violar los principios de neutralidad y confidencialidad.
  4. Reiterar las causales de suspensión.
  5. Perder los requisitos de registración o permanencia y no haberlos regularizado dentro del término de UN (1) año de haber sido intimado.

Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1.169/96 con las modificaciones de su similar Nº 1.347/99, Art. 30

¿A quién está dirigido?

Cualquier persona que se sintiera agraviada por el proceder de un conciliador laboral por su desempeño en el ámbito de la Ley Nº 24.635.

¿Qué necesito?

Denuncia por escrito, conteniendo:

  • Nombre y apellido del denunciante.
  • Constituir domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
  • Documento de Nacional de Identidad (DNI).
  • Identificación del conciliador cuestionado.
  • Transcripción de los datos del formulario de reclamo ante el SECLO o actuación de los Servicios de Conciliación Laboral Optativos.
  • Expresar los hechos en forma circunstanciada.
  • Adjuntar documentación u otros elementos de prueba imprescindible.
  • La firma y aclaración del denunciante.

Si la presentación adoleciera de la falta de algún elemento, se dará traslado al denunciante para que complete o realice las aclaraciones necesarias.

Formulario de denuncia debidamente completado.

Copia, a los efectos de constancia, de su recibo.

¿Cómo hago?

1

Completar el formulario de denuncia.

2

Adjuntar documentación

3

Presentarse en Córdoba 1154, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:00 a 17:00.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito




Descargas

F10 – Formulario denuncia (522.1 Kb)

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