Dictamen N° |
166 |
Fecha Dictamen |
04/08/2017 |
Resolución N° |
628 |
Fecha Resolución |
11/08/2017 |
Autos |
PFIZER INC. S/ NOTIFICACIÓN ART.8 LEY N° 25.156 |
Principales características de la operación analizada |
PFIZER INC. y JOHNSON & JOHNSON suscribieron un Acuerdo Global que dispuso la transferencia efectiva de productos de PFIZER INC .a JOHNSON & JOHNSON en distintos países. |
Infracción/Antecedente |
La operación tenía como antecedente una diligencia preliminar iniciada en virtud de cierta información contenida en una opinión consultiva. Las partes apelaron la resolución que les ordenó notificar la operación en el marco de la diligencia preliminar, sin perjuicio de lo cual PFIZER INC. presentó el formulario F1 con una demora de 1199 días, mientras que JOHNSON & JOHNSON lo hizo con un retardo de 2163 días. |
Criterio y stándard de análisis de CNDC |
Se tuvieron en cuenta algunas de las pautas del artículo 49 de la Ley 25.156. Agravantes: 1. Gran demora en el cumplimiento de la obligación de notificación; 2. Existencia de diligencia preliminar como antecedente; 3. Magnitud del monto de la operación; 4. Las partes tenían conocimiento de la obligación de realizar la notificación ante la CNDC. |
Sanción |
A PFIZER INC. $23.980.000 . La multa fue de $ 20.000 diarios; A JOHNSON & JOHNSON $54.075.000. La multa fue de $25.000 diarios. Esta sanción fue apelada y revocada por la Cámara de Apelaciones. |