Presidencia de la Nación

Funcionamiento de Sala 2025

Mediante este aporte, el Instituto Nacional del Teatro apoya a las Salas y Espacios de Teatro Independiente estables, contribuyendo a solventar costos de su funcionamiento.


abierta
 Del 21 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.

Se consideran Salas o Espacios de Teatro Independiente a aquellas salas o espacios de teatro que cuenten con una capacidad máxima de hasta TRESCIENTAS (300) localidades, que cuenten con una infraestructura básica en cuanto a equipamiento técnico y de personal y se ajusten a las disposiciones de las ordenanzas y leyes vigentes en cada jurisdicción para funcionar como tales.

Las Salas o Espacios de Teatro Independiente deberán:

  • Estar registradas en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital en www.inteatro.gob.ar); si la responsable es una Persona Jurídica, la misma deberá estar registrada como Entidad/Sociedad.
  • No estar inhabilitadas por el INT, así como ninguna de las personas que la administren.
  • Contar con la documentación pertinente vigente para funcionar como sala o espacio teatral de acuerdo a las disposiciones de las ordenanzas y leyes vigentes en cada jurisdicción.
  • Contar como mínimo con DOS (2) años de estabilidad y permanencia como Sala o Espacio de Teatro Independiente en la Provincia por la cual solicita el subsidio (en caso contrario, deberá ser avalada por el/la Representante Provincial y/o Regional respectiva/o para su tratamiento en el Consejo de Dirección).
  • La persona responsable de cobro deberá tener CUIT activo. En caso de resultar aprobada su solicitud deberá estar en condiciones de emitir factura B/C o Recibo C. Según lo determine la reglamentación.

Más información, reglamento y espacio de carga.

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