La importación de insumos para investigación científica no requerirá autorización de ANMAT para ciertas posiciones arancelarias
19/1/2021 — De acuerdo con la disposición DI-2019-8279-APN-ANMAT#MSYDS, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció que la importación de insumos para uso directo y exclusivo en la investigación científica o tecnológica no requerirá la autorización previa del organismo. El beneficio incluye a instituciones y entidades del sector científico-tecnológico, ya sean del ámbito público o privado, inscriptos en el ROECyT y que se encuentren amparados por el Certificado previsto en el artículo 4° de la Ley N° 25.613.
La normativa no aplica en los casos de importación de psicotrópicos, estupefacientes y sustancias sujetas a control especial, en el marco de la Ley Nº 25.613, cuyas posiciones arancelarias se detallan en el Anexo I a) y I b).