Presidencia de la Nación

Si fabricás o importás productos alcanzados por el Reglamento Técnico de equipamiento eléctrico (fuentes y cargadores, aparatos eléctricos de uso doméstico, dispositivos de iluminación y aparatos de electrónica, audio y video) identificados en el Anexo II de la Resolución Nº16/2025 o el Reglamento técnico de máquinas y equipos detallados en el Anexo II de la Resolución Nº 17/2025, deberás garantizar el cumplimiento de los requisitos y características de seguridad previstos en cada reglamento técnico específico

¿A quién está dirigido?

A fabricantes o importadores de los productos identificados como equipamiento eléctrico, máquinas y equipos.

¿Qué necesito?

  • Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior en ARCA.

  • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a ARCA. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, necesitás realizar la delegación de servicios vía ARCA.

¿Cómo hago?

  1. Si importás o fábricás productos clasificados como equipamiento eléctrico o máquinas y equipos, deberás confeccionar la Declaración Jurada de Conformidad con la información detallada en el punto 3.2.1 del Anexo de la Disposición DNRT N° 1/2024, en la Resolución Nº16/2025 o en la Resolución Nº 17/2025 según corresponda; y el procedimiento de evaluación de la conformidad establecido en el Reglamento Técnico específico.

    La Declaración Jurada de Conformidad deberá ser presentada ante un requerimiento específico de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, a través del expediente notificado al efecto en Trámites a Distancia (TAD).

  2. Si importás o fabricás productos clasificados como equipamiento eléctrico o máquinas y equipos, y corresponden a repuestos o insumos para un bien mayor certificado y alcanzado por algún Reglamento Técnico, quedarán eximidos de cumplir con el procedimiento de evaluación de la conformidad establecido en Reglamento Técnico específico y el correspondiente marcado de conformidad.

    Tené en cuenta que igualmente deberás confeccionar la Declaración Jurada de Conformidad con la información detallada en el punto 3.2.1 del Anexo de la Disposición DNRT N° 1/2024, en la Resolución Nº16/2025 o en la Resolución Nº17/2025 según corresponda. Y contar con el certificado del bien final en el cual será incorporado el repuesto o insumo, a fin de presentarlos ante un requerimiento específico de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos, mediante el expediente correspondiente notificado a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

  3. Si importás o fabricás productos clasificados como equipamiento eléctrico o máquinas y equipos, y corresponden a repuestos o insumos para líneas de producción específicas, que no cuentan con certificación, deberás realizar la Consulta Técnica, adjuntando la documentación técnica correspondiente tanto del insumo o repuesto como del bien final en el que será incorporado. Deberás presentar como mínimo la siguiente documentación:

    • Declaración Jurada /Nota explicativa que fundamente la consulta.
    • Ficha técnica del producto.
    • Documentación complementaria disponible.
    • Identificación del producto (denominación, marca, modelo).
    • Información del fabricante (nombre y domicilio de la planta).
    • Descripción del destino del producto (equipo al que sirve, localización de la planta de destino).

La información consignada en la Declaración Jurada de Conformidad debe estar vigente. Cualquier modificación que sufra el producto, deberá ser actualizada por el fabricante o importador.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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