Presidencia de la Nación

CAMBIO DE TITULARIDAD


El cambio de titularidad de una empresa o actividad comercial relacionada con armas de fuego debe reflejarse adecuadamente en la documentación y registros de la ANMaC. Este procedimiento es necesario para vincular la relación existente entre la titularidad anterior y la nueva razón social.

REQUISITOS

  1. Solicitud:

    • Presentar Declaración Jurada junto con los Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, debidamente cumplimentados y certificados.
  2. Documentación a presentar (fotocopias certificadas):

    • Acreditación de la Condición de Legítimo Usuario de Armas de Uso Civil Condicional vigente de los nuevos titulares.
    • Contrato social o estatutos vigentes y sus modificaciones, con la constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la Inspección General de Justicia, el INAC, u otro organismo correspondiente.
    • Instrumentos legales que acrediten la representación de la sociedad:
      • Actas de Asamblea y/o Directorio designando a las autoridades vigentes.
      • Poder notarial con facultades suficientes.
    • Habilitación municipal del local que incluya los rubros cuya autorización se requiera:
      • La habilitación debe estar a nombre del nuevo titular y especificar el domicilio habilitado.
    • Inscripción ante la AFIP-DGI de la nueva firma y último recibo de pago.
  3. Solicitud de registro de firmas y sellos:

    • Presentar el registro de firmas y sellos a través de los Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes.
    • El registro puede incluir hasta TRES (3) personas de la firma.
    • El solicitante y los autorizados a intervenir en la certificación de firmas y documentos asumen la total responsabilidad civil y penal por las certificaciones que otorguen.
  4. Revisión de la ANMaC:

    • La ANMaC se reserva el derecho de rechazar la solicitud en todo o en parte, sin expresión de causa.
    • La ANMaC puede denunciar en cualquier momento la autorización concedida, ya sea en forma total o respecto de alguno de los incluidos en ella, sin expresión de causa, utilizando cualquier medio fehaciente de comunicación, y sin que se genere responsabilidad alguna para el organismo.
  5. Requisitos específicos para talleres:

    • Los talleres de reparación y talleres de recarga de munición también deben registrar sellos y firmas.
  6. Cumplimiento de condiciones de seguridad:

    • Cumplir con las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente (Disp. 023/14).
Activar: 
0
Template: 
caritas3
Scroll hacia arriba