Presidencia de la Nación

Rotulado de repelentes de insectos para uso externo en humanos


La ANMAT recuerda al sector regulado que se encuentra vigente al día de la fecha la Resolución (M.S.) Nº 327/12, que regula las actividades de elaboración, fraccionamiento, importación, depósito y comercialización de productos repelentes de insectos para uso externo en humanos.

En relación al rotulado específico para este tipo de productos, deberán figurar las siguientes advertencias:

  • No aplicar repelentes sobre lastimaduras o sobre la piel irritada;
  • No aplicarlo cerca de los ojos, nariz y boca o en las manos, especialmente en niños;
  • No permitir que los niños apliquen este producto a sí mismos o a otros;
  • Mantener el producto lejos del alcance de los niños y mascotas;
  • Evitar la aplicación excesiva y reiterada y lavar diariamente la piel tratada con agua y jabón;
  • En caso de intoxicaciones y/o reacciones adversas dirigirse al Centro Nacional de Intoxicaciones (tel. 0800-333-0160 ó (011) 4658-7777 / 4654-6648 / 4658-3001/3020) llevando el envase o rótulo del producto;
  • No manipular alimentos después de aplicarse o aplicar un repelente sin antes haberse lavado las manos;
  • En caso de contacto con los ojos, lavarlos inmediatamente con abundante agua. Si los síntomas persisten a pesar del lavado, consultar con un médico;
  • Para su uso en mujeres embarazadas o lactantes, consulte a su médico.

Para los repelentes que se presenten en aerosol y rociadores o vaporizadores constarán las siguientes advertencias:

  • No emplear repelentes en áreas insuficientemente ventiladas;
  • No aplicar directamente en la cara: primero rociar sobre las manos y con estas distribuir el producto sobre la cara, luego lavar las manos;
  • No acercar el envase al fuego;
  • No rociar sobre la llama;
  • Desechar convenientemente el envase vacío.
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