Certificadoras reconocidas
A continuación, se presenta el listado de las entidades oficialmente reconocidas para llevar a cabo la certificación vegana de productos alimenticios.
ENTIDAD | CUIT | VIGENCIA DEL RECONOCIMIENTO | REFERENCIA DE RECONOCIMIENTO |
---|---|---|---|
INTERNATIONAL VEGAN CERTIFICATE S.R.L. | 30-71744569-0 | 19 de octubre de 2024 | IF-2023-124163904-APN-DFYC#ANMAT |
IRAM | 30-52556278-2 | 14 de julio de 2025 | IF-2024-98990275-APN-INAL#ANMAT |
LIAF CONTROL S.R.L. | 30-71444697-1 | 14 de julio de 2025 | IF-2024-99003912-APN-INAL#ANMAT |
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL AGROPECUARIA S.A. | 30-64414227-9 | 14 de julio de 2025 | IF-2024-98990435-APN-INAL#ANMAT |
SGS ARGENTINA S.A. | 30-54711042-7 | 24 de agosto de 2025 | IF-2024-99004020-APN-INAL#ANMAT |
Requisitos para el reconocimiento de certificadoras por parte de las autoridades nacionales competentes.
Requisitos legales:
- Copia del comprobante de inscripción del Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) ante la Administración Federal de Ingresos Públicos y de la Dirección General de Rentas de la jurisdicción que corresponda.
- Las personas jurídicas que operan en territorio argentino, ya sean éstas nacionales o extranjeras, deben acompañar: I) Estatuto o Contrato Social, o Contratos de Constitución que incluyan en sus objetivos de forma explícita las funciones de inspección y/o certificación de atributos de calidad, asegurando objetividad en la ejecución de estas funciones con respecto a los operadores sujetos a su control. II) Copia certificada de la inscripción en la Inspección General de Justicia que acredite que la sede social de la entidad certificadora se encuentra en territorio argentino. III) Copia certificada del Acta donde conste la distribución de cargos de los integrantes, debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio (RPC) o Inspección General de Justicia (IGJ), según corresponda.
- Las entidades certificadoras extranjeras que operan en terceros países y que certifican atributos de calidad generados en terceros países bajo el cumplimiento de la normativa argentina, quedan exceptuadas de fijar una sede social en territorio argentino y de cumplir la presentación del C.U.I.T., debiendo presentar copia certificada del Acta donde conste la distribución de cargos y sus modificatorias, inscripta en el organismo estatal equivalente que corresponda.
Requisitos técnicos:
- Acreditación otorgada por el Organismo Argentino de Acreditación – OAA- como Organismo de Certificación de Sistemas de Gestión de Inocuidad y como Organismo de certificación de producto (de acuerdo con norma ISO/IEC 17065), ó Cumplir con los requisitos de la Guía ISO 17065 en su versión más actualizada y presentar la siguiente documentación:
- Manual de la Calidad y Manuales de Procedimientos.
- Cuaderno de Normas de Producción y Elaboración propias de la entidad certificadora.
- Nombre y documento del responsable técnico, que debe poseer título universitario con competencia en el tema, y debe acreditar conocimientos y habilidades para el cumplimiento de su función.
- Nombre y documento del responsable de calidad, que debe poseer título universitario con competencia en el tema, y debe acreditar conocimientos y habilidades para el cumplimiento de su función.
- Nómina de inspectores y sus documentos que realicen inspecciones para la entidad certificadora quienes deben poseer título universitario y acreditar conocimientos y habilidades para el cumplimiento de su función. Pueden considerarse excepcionalmente para temas específicos a expertos con idoneidad demostrada en la materia a inspeccionar.
- Protocolo o norma contra la cual certifica el atributo.
En los siguientes enlaces se presentan los instructivos para solicitar el reconocimiento oficial como entidad certificadora y la re-evaluación de entidades certificadoras oficialmente reconocidas:
Contacto: veganos@anmat.gob.ar y veganoAR@magyp.gob.ar