Presidencia de la Nación

Advertencia al público sobre inversiones en activos virtuales


Se informa al público inversor que de acuerdo con establecido por la Ley N° 27.739, la Comisión Nacional de Valores (CNV) es el Organismo encargado de regular a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs). Estos son los sujetos que, como actividad comercial, realizan una o más de las siguientes actividades u operaciones definidas en el artículo 4° bis de la Ley N° 25.246, para o en nombre de otra persona, ya sea humana o jurídica:

i. Intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal (monedas fiduciarias);

ii. Intercambio entre una (1) o más formas de activos virtuales;

iii. Transferencia de activos virtuales;

iv. Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre los mismos; y

v. Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual.

En este sentido, se advierte que la competencia de la CNV recae exclusivamente sobre dichos sujetos –PSAVs-, no extendiéndose a la regulación del objeto, es decir, no regula los activos virtuales, a menos que éstos califiquen como valores negociables, según lo definido en el artículo 2° de la Ley N° 26.831.

Por su complejidad técnica la definición de si los activos virtuales califican como valor negociable requiere un análisis caso por caso.

Muchos de ellos NO califican como valor negociable y, por ende, no están sujetos a las protecciones previstas en la Ley de Mercado de Capitales.

Por lo tanto, se recomienda al público tener extrema precaución al realizar inversiones en activos virtuales dado el alto riesgo asociado con los mismos, caracterizados por su extrema volatilidad e imprevisibilidad en los precios. Las inversiones en esta especie pueden resultar en una pérdida total en un corto período de tiempo.

Asimismo, se recuerda al público que los PSAVs que realicen en la República Argentina actividades u operaciones con activos virtuales deben estar inscriptos en el Registro de PSAVs de la CNV.

Antes de realizar cualquier operación, se recomienda al público consultar el Registro de PSAVs de la CNV a través del siguiente enlace donde podrán verificar las personas jurídicas y personas humanas registradas: https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/ProveedoresServiciosActivosVirtuales/RegistrosPSAV y solo operar con PSAVs registrados.

Por último, se recuerdan las advertencias oportunamente difundidas, sobre:

I) Las Ofertas Iniciales de Monedas Virtuales y Tokens

II) Los riesgos asociados a las ofertas iniciales de monedas virtuales (ICOs) o tokens, y

III) Los riesgos e implicancias de los criptoactivos

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