Si producís, importás o exportás sustancias químicas y/o compuestos químicos orgánicos, y superás los límites de cantidad establecidos por la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), obtené un certificado para poder comercializarlas.
¿Qué necesito?
Haber producido, consumido, elaborado, exportado, importado o transferido algún químico de los que figuran en este documento durante el año anterior a la presente declaración.
Haber producido más 30 toneladas de compuestos químicos orgánicos que contienen fósforo, azufre o flúor, y/o más de 200 toneladas de otro compuesto orgánico no listado durante el año anterior a la presente declaración.
En caso de ser un depósito o una planta industrial, contar con habilitación municipal.
Contar con el certificado de importador/exportador (según corresponda).
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD.
Adjuntá una nota de solicitud y la declaración jurada de Actividades Previstas para el Registro de Armas Químicas.
Vas a recibir una notificación por el buzón de TAD una vez que el trámite sea procesado.
Contacto:
- Dirección – Mesa de Entradas: Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11 y 12 (C.A.B.A.). De lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hs.
- Teléfono: (011) 4349-3488
- Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
12 meses
El registro debe renovarse anualmente. Tiene vigencia desde el 01/02 hasta el 31/01 del año siguiente.