Si desarrollás actividades de manera personal, tenés una MiPyME o una empresa que investiga o desarrolla bienes y/o servicios de biotecnología moderna y/o nanotecnología, podés presentar un proyecto y acceder a:
- La amortización acelerada en el impuesto a las ganancias por los bienes declarados en el proyecto.
- La devolución anticipada del IVA, sobre los bienes de capital adquiridos a través del proyecto.
- Un bono de crédito fiscal del cincuenta por ciento (50%) de los gastos por contrataciones de servicios de investigación y desarrollo.
Los beneficios de devolución anticipada del IVA y de amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, se aplican a la compra de bienes de capital que sean nuevos, de uso exclusivo para el proyecto y adquiridos después del 4 de julio de 2023. También se podrán incluir gastos de servicios específicos y/o componentes indispensables para el normal funcionamiento del bien de capital.
El beneficio por los servicios de investigación y desarrollo deben haber sido efectuados en universidades públicas o privadas, o en instituciones u organismos descentralizados de la Administración Pública pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, facturados de acuerdo a las normativas que rijan dichas instituciones y/u organismos. Los mismos deben ser contratados con posterioridad al 4 de julio de 2023.
¿Qué es la biotecnología moderna?
Biotecnología Moderna es toda aplicación tecnológica que utiliza organismos vivos o partes derivadas de los mismos para la obtención de bienes y servicios, o para la mejora sustancial de procesos productivos y/o productos. Se basa en conocimientos racionales y principios científicos provenientes de la biología, la bioquímica, la microbiología, la bioinformática, la biología molecular y la ingeniería genética.
¿Qué es la Nanotecnología?
Nanotecnología se refiere a toda aplicación tecnológica del conjunto de técnicas y ciencias en las cuales se estudian, manipulan y obtienen –de manera controlada– materiales, sustancias y dispositivos de dimensiones nanométricas, los cuales presentan propiedades especiales otorgadas exclusivamente por su tamaño menor a los cien nanómetros (100 nm) en una o más dimensiones. Así, se considerarán como aplicaciones nanotecnológicas el diseño, caracterización, producción y aplicación de estructuras, dispositivos y sistemas obtenidos mediante la manipulación controlada (de tamaño y/o forma y/o modificación superficial de compuestos, sustancias, partículas o materiales) a escala nanométrica que den lugar a estructuras, dispositivos y sistemas con al menos una (1) propiedad o característica novedosa o superior.
¿Qué proyectos se pueden presentar?
- Proyectos de investigación y/o desarrollo de Biotecnología Moderna y/o Nanotecnología.
- Proyectos de producción de bienes y/o servicios, o de mejoras de procesos y/o productos.
- Beneficiarios de convocatorias anteriores: podrán acceder a nuevos beneficios vinculados al proyecto aprobado en las mismas.
Se van a priorizar proyectos que:
- Tienen impacto socioeconómico local, potencial de generar exportaciones y/o aumentar la competitividad.
- Provengan de MiPyMEs.
- Incorporen personal altamente calificado.
- Se vinculen con la formación y desarrollo de pymes de base tecnológica de origen nacional.
La convocatoria se encuentra vigente hasta el 18/10/2024.
Conocé más en las preguntas frecuentes.
¿Qué necesito?
Ser persona humana o jurídica constituida en la República Argenitna.
Desarrollar el proyecto por cuenta propia y en el país.
Acreditar solvencia técnica, capacidad económica y situación financiera para hacer frente al proyecto.
Encontrarse en curso normal de sus obligaciones impositivas y previsionales en AFIP.
Tener CUIT y clave fiscal (nivel 3 o superior).
Una vez aprobada la inscripción al Régimen de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología, para gozar del beneficio de devolución de IVA, vas a tener que constituir una garantía equivalente al 100% del monto del beneficio de forma electrónica, manteniéndose vigente hasta la finalización del proyecto.
¿Qué obligaciones debe contraer el beneficiario?
- Llevar una contabilidad que permita la determinación y evaluación en forma separada del proyecto promovido del resto de las actividades desarrolladas.
- Los bienes, por los cuales se recibe el beneficio, se deberán usar exclusivamente para el proyecto y mantener en el patrimonio del beneficiario, hasta la finalización del mismo. En caso de eventuales bajas, se deberá informar a la autoridad de aplicación con su justificación debidamente fundada.
- Disponer toda la información o documentación que requiera la autoridad de aplicación.
- Efectuar el pago de la tasa de auditorías, equivalente al 4% del monto de los beneficios fiscales aprobados, a partir del año de otorgados.
Conocé más en las preguntas frecuentes.
¿Cómo hago?
Ingresar a TAD con CUIT y Clave fiscal.
Completá el formulario de proyecto y la declaración jurada de condiciones generales.
Adjuntá la siguiente documentación:
- Formulario de Inscripción.
- Solicitud de Beneficios.
- En el caso de ser persona humana, deberán presentar la última Declaración Jurada de Bienes Personales y la última Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias.
- En caso de ser persona jurídica, presentar el último estado contable aprobado.
- Documentación necesaria para justificar el impacto del proyecto.
- Facturas y/o despachos.
- Última Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado, de corresponder.
Si tenés dudas sobre el proceso de inscripción, consultá el instructivo
Vas a recibir notificaciones de TAD por la actualización del estado de tu proyecto.
Tenés que abonar la tasa de auditoría, 12 meses después de haber sido aprobados los beneficios. El importe es el 4% del monto del beneficio, vas a recibir una notificación por TAD para indicarte el momento en que debés realizar el pago.
Contacto
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, escribí a [email protected].
¿Cuál es el costo del trámite?
Tenés que abonar la tasa de auditoría, 12 meses después de haber sido aprobados los beneficios. El importe es el 4% del monto del beneficio, vas a recibir una notificación por TAD para indicarte el momento en que debés realizar el pago.